Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2023

Sección 1.3.33.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230609-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

28
EXTRACTO de la Orden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía el crédito previsto en el artículo 5 de la Orden de 8 de abril de 2022, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU.

BDNS (ident.): 621370

BDNS (ident.): 621487

BDNS (ident.): 621489

BDNS (ident.): 621490

BDNS (ident.): 622159

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/dbnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid/.

Se modifica el crédito previsto para las anualidades de 2023 y 2024 de las ayudas previstas en el artículo 5.2 y 3 de la Orden de 8 de abril de 2022, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

1. La cuantía total máxima de los créditos asignados a la convocatoria será de 38.296.262,07 euros, de acuerdo con la distribución que se recoge en el apartado siguiente para cada línea de ayuda.

2. La cuantía total máxima para cada línea de ayuda es la siguiente:

Madrid, a 23 de mayo de 2023.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 9 de septiembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de septiembre de 2021), el Viceconsejero de Transportes y Movilidad, Carlos Díaz-Pache Gosende.

(03/10.058/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.33.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230609-28