Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2023

Sección 1.4.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230612-31

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

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VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

31
CONVENIO de colaboración de 25 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Fundación Empieza por Educar para el desarrollo del Proyecto EXE de formación de jóvenes graduados universitarios como futuros profesionales de la Educación.

En Madrid, a 25 de mayo de 2023.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, en virtud del Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra parte, en nombre y representación de la Fundación Empieza por Educar, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con el número de registro 1268, la Sra. Doña Beatriz Morilla Piñeiro, Directora General de la citada Fundación, según consta en escritura pública número 3547 de orden de protocolo, de conformidad con el poder otorgado para ello por acuerdo del Patronato de la Fundación, protocolizado en esa misma escritura pública otorgada ante el Notario de Boadilla del Monte, D. Gonzalo Sauca Polanco, en fecha 18 de junio de 2019,

MANIFIESTAN

I. La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid tiene atribuido el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados.

II. La Fundación Empieza por Educar tiene como objetivos la promoción de iniciativas sociales para mejorar la educación primaria y secundaria en España, en cooperación con las administraciones.

III. La educación es uno de los activos más importantes de una sociedad avanzada. La creciente complejidad de nuestra sociedad, los contextos de una diversidad y una complejidad mayores, junto con los cambios acelerados que imponen la globalización económica y la sociedad del conocimiento, hacen necesario mejorar la colaboración entre los sectores público y privado con el objetivo de incrementar significativamente el número de alumnado que se gradúa al finalizar la escolarización básica y obligatoria. Hay, pues, que avanzar en el éxito educativo de todo el alumnado, poniendo en valor este futuro capital humano tan necesario para el desarrollo económico y social.

IV. Experiencias educativas desarrolladas en otros países como Estados Unidos, Reino Unido, Chile o Australia, han puesto de manifiesto la importancia de contar con los mejores profesionales docentes para mejorar los resultados académicos. Así, se considera necesario poner en marcha proyectos que permitan atraer a la profesión docente a los estudiantes con altos rendimientos académicos y competencias clave, ofreciéndoles el apoyo formativo y el acompañamiento profesional adecuados.

V. Son necesarias, además, iniciativas desde diversos ámbitos para mejorar el sistema educativo. La atracción y formación de talento para la docencia actúa en el corto plazo, pero al mismo tiempo se genera un sustrato de talento que, en el medio plazo, puede crear sinergias y sumar esfuerzos desde diversos ámbitos de la sociedad para la mejora y el éxito educativos.

VI. La Fundación Empieza por Educar es una entidad sin ánimo de lucro inscrita en Madrid, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación con el número de Registro 1268, de fecha 6 de junio de 2010, cuya misión es eliminar, en colaboración con otros, las desigualdades educativas en España.

VII. Las actividades de la Fundación parten del reconocimiento del papel fundamental de los profesores a partir de la selección, formación y apoyo a participantes excepcionales que tendrán a corto plazo un impacto directo sobre los niños y niñas y a medio plazo crearán una red de profesionales convencidos de que el éxito escolar, con esfuerzo, es posible en todos los contextos.

La finalidad de los proyectos consiste en atraer a jóvenes universitarios con un brillante expediente académico al mundo de la docencia, ofreciéndoles, por un lado, una sólida formación como profesionales de la educación y por otro, la oportunidad de desarrollar unas primeras prácticas en este ámbito.

VIII. La Comunidad de Madrid viene realizando un esfuerzo importante en materia educativa, en orden a evitar el fracaso escolar en el convencimiento de que para ello es importante actuar tanto sobre la concepción de la figura del profesor, que debe ser percibida como una profesión de prestigio y fundamental para el desarrollo de la sociedad como sobre la mejora de las actuaciones educativas para el adecuado desarrollo del proceso de enseñanza­aprendizaje del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

IX. La Comunidad de Madrid tiene voluntad de continuar con la colaboración con la Fundación Empieza por Educar atendiendo a los resultados obtenidos por el alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos en los que se implantó el programa Empieza por Educar al amparo del convenio suscrito con fecha de 30 de noviembre de 2011.

Por todo ello, ambas partes, reconociéndose mutua capacidad para actuar, acuerdan formalizar el presente convenio de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y la Fundación Empieza por Educar en relación a la implantación por parte de esta del proyecto Empieza por Educar (en adelante, Proyecto EXE) en centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, proporcionando la financiación a los centros docentes que participen voluntariamente en este programa al objeto de dotarles de los recursos adicionales necesarios para la cobertura de los gastos derivados de las retribuciones que sean abonadas por la Fundación Empieza por Educar, incluidos los gastos sociales, a los 14 participantes, que como máximo participarán en cada promoción.

Segunda

Finalidad del Proyecto EXE

El Proyecto EXE busca atraer a la profesión docente a jóvenes graduados universitarios con un brillante expediente académico y competencias clave, ofreciéndoles una sólida formación como futuros profesionales de la educación al objeto de que estos universitarios, dotados de un alto potencial, desarrollen su posterior labor académica y/o profesional en el sistema educativo.

En todos los casos los participantes, como estudiantes del máster de formación del profesorado, desarrollan su actividad en estrecha coordinación con los profesores titulares y con el tutor/mentor del programa Empieza por Educar, un profesor con experiencia en el aula y en el trabajo con alumnos de entornos desfavorecidos.

Las actividades que llevan a cabo los participantes en los centros, en colaboración con los profesores titulares, se enfocan en el desarrollo de actividades docentes educativas no evaluables a efectos académicos, a través de diferentes metodologías pedagógicas, como la codocencia, apoyo individualizado del alumno, participación, diseño de proyectos de centro y aprendizaje cooperativo.

Los cursos en los que se tiene mayor incidencia son los programas de Formación profesional de grado básico, Programas de diversificación curricular (PDC), Aulas de compensación educativa y en general los cursos en los que se encuentran los alumnos con un menor rendimiento académico o mayores dificultades de aprendizaje.

Tercera

Obligaciones de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades

La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones referidas al Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Empieza por Educar:

1. La financiación a los centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que participen en este programa, al objeto de dotarles de los recursos adicionales necesarios para el adecuado desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, por medio de los aspirantes seleccionados.

2. Seleccionar, en colaboración con la Fundación Empieza por Educar, los centros docentes privados concertados que participarán en el programa, que deberán reuniir los siguientes criterios:

a. Nivel socio-económico bajo de los distritos en los que se encuentran los centros, definido por renta per cápita y tasa de paro de la población.

b. Nivel educativo de la población residente en dichos distritos, por debajo de la media de la población del municipio, definida por los porcentajes de población universitaria y con estudios superiores.

c. Escolarización de porcentajes superiores al 20 % de alumnado con necesidades educativas especiales, necesidades de compensación educativa, de escolarización tardía en el sistema educativo o con dificultades específicas de aprendizaje.

d. Centros con autorización y financiación de unidades de compensación educativa (apoyos, aulas de compensación educativa y aulas de enlace), apoyos de integración, Programas de Diversificación Curricular, horas para refuerzo en Educación Secundaria Obligatoria y unidades Formación Profesional Básica.

3. Determinar, en colaboración con la Fundación Empieza por Educar, el número de participantes en el Programa EXE.

Cuarta

Obligaciones de la Fundación Empieza por Educar

La Fundación Empieza por Educar asume las siguientes obligaciones:

1. Abono de los gastos derivados de la puesta en marcha del proyecto: costes de infraestructura, costes de reclutamiento y selección, costes de formación inicial, costes de formación continua y coordinación, costes de logística y administración, coste del Máster de Formación del Profesorado (MFP).

2. Selección de los aspirantes.

3. Colaborar con la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades en la selección de los centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que participarán en el proyecto.

4. Colaborar con la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades al objeto de determinar el número de participantes en el Programa EXE.

5. Abono y justificación de las remuneraciones a los candidatos seleccionados.

6. Elaboración de los informes de evaluación del proyecto.

7. Asunción de la responsabilidad civil que del ejercicio objeto del convenio pudiera derivarse.

Quinta

Publicidad y selección de los aspirantes

La Fundación Empieza por Educar difunde y da publicidad al Proyecto EXE entre los jóvenes graduados universitarios para seleccionar a los aspirantes, bajo los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, a partir de criterios objetivos tales como el rendimiento académico de los aspirantes, su nivel de conocimiento de inglés y sus capacidades comunicativas y de competencias clave, además de los requisitos establecidos con carácter general para acceder a los estudios del Máster de formación del profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanzas de idiomas, en adelante MFP.

Sexta

Capacitación inicial de los graduados seleccionados

El programa empieza en el Campus de Verano, donde los participantes se introducen en el conocimiento de los roles y responsabilidades que se desempeñan en el aula y de los conceptos, estrategias y retos de enseñar.

Posteriormente, en el Campus de verano los participantes reciben la formación teórica y práctica necesaria, previa a la incorporación a las aulas, mediante un curso de 5 semanas de duración, de alta intensidad y exigencia, en el que los participantes comienzan a desarrollar las herramientas necesarias para ser un profesional de la enseñanza.

El Campus de Verano combina una parte teórica sobre los métodos generales de enseñanza y técnicas específicas para las materias e incorpora una parte práctica donde los graduados tienen oportunidad de dar clase.

Los cursos de materias específicas son impartidos por profesores experimentados que proporcionan a los participantes una base sólida sobre la que apoyar su posterior enseñanza, partiendo de la formación que ya tienen en la carrera que han cursado previamente.

Mediante la parte práctica, los participantes reciben asesoramiento de profesores experimentados para la programación de las clases, así como para el ejercicio en el aula.

El objetivo es que, al finalizar el Campus de Verano, aunque los participantes no son todavía profesionales de la educación, hayan adquirido muchas de las herramientas, comportamientos y conocimientos que, combinados con experiencia práctica, harán de ellos grandes profesores.

Séptima

Incorporación a los centros docentes de los participantes

Al acabar la formación en el Campus de Verano el proyecto requiere que los 14 participantes que, como máximo, serán seleccionados en cada una de las dos promociones que se acuerdan mediante este convenio, comiencen su actividad a tiempo completo en los centros docentes privados concertados seleccionados y que voluntariamente acepten participar en este programa.

Los participantes se incorporarán a los centros docentes desarrollando actividades docentes educativas no evaluables a efectos académicos de una materia troncal, desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de mayo de 2026, fecha de finalización del presente convenio, en dos promociones diferentes durante tres cursos escolares (2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026), coincidiendo en el curso 2024-2025 las dos promociones con un máximo de 28 participantes.

Las materias en las que colaborarán los participantes son, principalmente, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Lengua Extranjera y asignaturas relacionadas con Ciencias Sociales y Experimentales, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. Además, selectivamente, podrá haber participantes en Educación Primaria, Bachillerato y en Ciclos Formativos. Los participantes deberán cumplir los requisitos de titulación académica correspondientes al personal docente. Los participantes del Proyecto EXE tomarán parte en las actividades educativas que hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar del centro y que figuren en la planificación del correspondiente curso académico.

En caso de abandono del programa por parte de alguno de los participantes seleccionados, una vez incorporado al centro docente, esta vacante se podrá cubrir con otro participante de las mismas características, seleccionado por la Fundación Empieza por Educar, previa notificación a la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, sin que ello suponga ningún incremento en la financiación del convenio.

Octava

Financiación del programa

Este convenio pretende establecer una colaboración entre la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y la Fundación Empieza por Educar para llevar a cabo una actuación en respuesta a los objetivos compartidos señalados en el prólogo, sin que medie ninguna relación contractual que permita identificar a la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades como órgano de contratación y a la Fundación Empieza por Educar como contratista que ejecuta.

La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y la Fundación Empieza por Educar asumen el coste del programa para los cursos 2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026, con un importe total de 1.076.382 euros, correspondiendo a la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades la financiación del 41,62 % del coste total, por un importe de 448.000 euros.

La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades proporcionará la financiación a los centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que participen en este programa, al objeto de dotarles de los recursos adicionales necesarios para el adecuado desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, por medio de los aspirantes seleccionados en cada promoción. La financiación comenzará el 1 de octubre de 2023 y finalizará el 31 de mayo de 2026, sin contar los meses de junio, julio, agosto y septiembre, con un total de 32 mensualidades a financiar, 16 por cada promoción. Estos importes incluyen las cargas sociales.

Los pagos se realizan con carácter mensual a los centros concertados, con cargo al crédito previsto en el centro presupuestario Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el programa 323M en la económica 48507-Conciertos educativos ESO. El abono se realiza junto con los otros gastos del centro, a través del concepto de financiación “empieza por educar”, que tiene carácter finalista, destinándose exclusivamente al objeto del presente convenio.

Por su parte, la Fundación Empieza por Educar, tras la firma de los acuerdos de colaboración con los centros docentes privados concertados que participen en el proyecto, asume el abono de todos los demás gastos derivados de la puesta en marcha del proyecto EXE, que incluyen, costes de dirección, costes de reclutamiento y selección, costes de formación inicial, costes de formación continua, acompañamiento y coordinación, costes de logística y administración costes indirectos, y coste de la matrícula del Master de Formación del Profesorado (MFP), además de la remuneración de los candidatos seleccionados.

La justificación documental del abono de las remuneraciones a los participantes seleccionados, que será la correspondiente a los importes financiados a los centros docentes por parte de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se realizará mediante la presentación de la factura que emita la Fundación Empieza por Educar a los centros docentes, en la que se hará constar el importe efectivamente abonado a cada uno de los participantes así como los periodos de tiempo a los que se refiere. Esta factura, que debe emitirse en el plazo de un mes desde la finalización del curso a que se refiere, deberá acompañarse de los documentos que justifiquen el pago de las remuneraciones y gastos sociales a los participantes, tales como nóminas y documentos de cotización. Estas justificaciones estarán sometidas al control de la Intervención General.

Novena

Desarrollo del programa

Durante los tres cursos que dura el programa, los participantes tendrán apoyo continuo por parte de cuatro figuras clave:

— Tutores de Empieza por Educar. Son profesores con experiencia que se dedican a tiempo completo a dar apoyo, guía y formación a los participantes de Empieza por Educar. Cada tutor apoyará a una media de 10 participantes.

— Profesores del centro docente. Dentro de cada centro habrá un profesor de apoyo por participante. La dirección del centro podrá nombrar un profesor responsable del conjunto del Proyecto EXE en el centro y, con la finalidad de hacer un seguimiento detallado de cada participante, nombrará entre los miembros del claustro los profesores que harán el correspondiente seguimiento.

— Comunidad de participantes. La Fundación Empieza por Educar proporciona a los participantes la plataforma y los canales para que se compartan experiencias y apoyo entre los participantes.

— Equipo de Empieza por Educar y red internacional. El Área de Programa de la Fundación Empieza por Educar proporcionará todo el apoyo que se necesite para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, contando además con recursos compartidos con su red internacional.

La Fundación Empieza por Educar proporcionará a los participantes en el Proyecto EXE una formación continuada durante los dos cursos de participación en el proyecto, destinada a perfeccionar sus habilidades pedagógicas y sociales.

Además de lo anterior, desarrollará y organizará a su cargo la formación específica vinculada al Proyecto EXE. Esta formación tomará como base los materiales utilizados por la red de Teach for All adaptados a la realidad de Madrid.

Décima

Protección del menor

En la ejecución de este convenio es de aplicación lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

La Fundación será responsable ante la Administración del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 antes citado, a cuyo efecto, con carácter previo al inicio de las actividades, deberá recabar de las personas que vayan a estar en contacto con menores de edad, la correspondiente certificación negativa expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Antes del inicio de las actividades, la Fundación deberá presentar ante la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades una declaración responsable de haber cumplido con la obligación expresada en el párrafo anterior. Cuando se incorpore nuevo personal en el desarrollo de la actividad, deberá presentarse ante la Consejería una nueva declaración.

La inexistencia de antecedentes penales por delitos de carácter sexual es un requisito que debe mantenerse mientras se desarrolle la actividad que implica el contacto con menores.

Undécima

Protección de datos personales

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.

Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Duodécima

Evaluación de resultados

Dada la especialidad de los proyectos de la Fundación y la necesaria colaboración de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para su consecución, la fase de evaluación se llevará a cabo en diferentes periodos a lo largo de su ejecución:

1.o Antes de la finalización del primer curso, los participantes en el Proyecto EXE deberán presentar a la Fundación una memoria de actuación justificativa de las condiciones del trabajo realizado a lo largo del primer curso, que incluirá la programación de las enseñanzas impartidas y una valoración de los resultados obtenidos por el alumnado.

2.o Al final de cada curso la Fundación deberá realizar una evaluación de los resultados del proyecto, para lo cual se tendrán en cuenta las valoraciones cualitativas del profesor responsable del Proyecto EXE designado por el centro, la valoración del trabajo final, así como el grado de incidencia del Proyecto EXE en los indicadores de mejora del centro.

La evaluación positiva del participante en el primer año conforme a lo anterior será condición necesaria para dar paso al segundo año de participación en el Proyecto EXE.

Asimismo, al finalizar cada curso, la Fundación Empieza por Educar enviará un informe de evaluación del programa a Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y a la Comisión de Seguimiento.

Duodécima

Seguimiento, evaluación, vigilancia y control

1. Como mecanismo de seguimiento, evaluación, vigilancia y control de este convenio, así como para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir durante su vigencia, se constituirá una Comisión de seguimiento en la que participará la Fundación Empieza por Educar y la Comunidad de Madrid. Asimismo, le corresponde desarrollar las funciones previstas en el artículo 51.c) y 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Esta Comisión de seguimiento conocerá de las actuaciones realizadas y de los planes de actuaciones futuras que se prevean realizar en el marco del convenio.

Asimismo, propondrá a la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y a la Fundación Empieza por Educar, los centros docentes privados concertados candidatos a participar en el programa EXE y el número máximo de participantes para la siguiente promoción, tomando como base los criterios mencionados en la cláusula tercera.

2. La Comisión de seguimiento estará presidida por el titular de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades o el funcionario que este designe. Además del presidente, la Consejería estará representada por dos vocales designados por el titular de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de entre los empleados públicos que prestan sus servicios en dicha Dirección. La Fundación Empieza por Educar designará tres representantes que se integrarán como vocales con derecho a voz y voto en la Comisión de seguimiento.

3. Esta Comisión se reunirá con la periodicidad que se determine en las normas de funcionamiento interno que ella misma establezca, y podrá estar asistida por los técnicos que se estime oportuno, con derecho a voz pero sin voto. Sus reuniones podrán celebrarse por medios electrónicos.

4. En lo no previsto por las normas de funcionamiento de la Comisión, serán de aplicación las normas contenidas en la sección tercera del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Decimotercera

Vigencia y modificación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, este convenio resultará eficaz después de su firma. Su vigencia se extenderá hasta el 31 de mayo de 2026.

El contenido del convenio podrá ser actualizado o modificado de mutuo acuerdo en cualquier momento, a cuyo efecto las partes suscribirán la correspondiente adenda al mismo.

Decimocuarta

Extinción y resolución

De conformidad con el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes, cualquiera de ellas podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos.

Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. No obstante, las partes convendrán lo necesario para prestar la continuidad del servicio educativo hasta la finalización del curso completo de modo que no se vea perjudicado el alumnado.

Según el artículo 51.1 de dicha Ley, serán causas de extinción de este convenio, el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causas de resolución recogidas en el artículo 51.2. Los efectos de la resolución del convenio son los contenidos en el artículo 52 de la citada Ley.

Decimoquinta

Resolución de conflictos

Mediante la firma de este convenio las partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo las incidencias que puedan surgir en su cumplimiento.

La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes en relación con la interpretación o ejecución de lo establecido en este convenio que no se solvente por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula décima, se resolverá por los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación reguladora.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 25 de mayo de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio Crespo.—Por la Fundación Empieza por Educar, la Directora General de la Fundación, Beatriz Morilla Piñeiro.

(03/9.370/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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