Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2023

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230613-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LA SIERRA NORTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Mancomunidad de Servicios Sociales de la Sierra Norte. Régimen económico. Bases subvenciones

La Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar, para el año 2023, las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la adaptación de viviendas de personas que tienen asignado en su resolución de valoración de dependencia, como plan individual de atención, un centro de día o prestación económica vinculada al servicio de centro de día.

El objetivo de esta subvención es que las personas usuarias de centros de día empadronadas y residentes en los municipios de la Mancomunidad, con las mejoras de accesibilidad y habitabilidad necesarias en sus viviendas puedan mantenerse residiendo en sus domicilios.

Esta subvención cuenta con una asignación presupuestaria para el año 2023 de un importe máximo de 200.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 231.6202, del presupuesto del ejercicio 2023.

Segundo.—Ordenar la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda, en el tablón de anuncios de la sede electrónica Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte y en la página web de la Mancomunidad, del modelo de solicitud y de las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la adaptación de viviendas de personas que tienen asignado en su resolución de valoración de dependencia, como plan individual de atención, un centro de día o prestación económica vinculada a centro de día, con el objetivo de que estas personas, con las mejoras de accesibilidad y habitabilidad necesarias en sus viviendas, puedan mantenerse residiendo en sus domicilios.

En Buitrago del Lozoya, a 2 de junio de 2023.—La presidenta, Mercedes López Moreno.

(03/9.703/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230613-87