Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2023

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230615-49

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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CORRECCIÓN de errores materiales en la publicación del convenio de 28 de marzo de 2023, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.

Advertidos errores materiales en la publicación del texto del Convenio de 28 de marzo de 2023, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 31 de mayo de 2023, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 233, cláusula tercera “Cobertura de riesgos”, al final del segundo párrafo, después de “… durante todo el período de duración” debe añadirse “de las prácticas”.

En la página 234, cláusula cuarta “Condiciones específicas de las prácticas externas”, en el párrafo 1, final del apartado e), donde dice “… para lo cual deben suscribir el Anexo I del presente convenio”; debe decir “… para lo cual deben suscribir el Anexo del presente convenio”.

En la página 234, en la cláusula quinta que lleva por título “Protección de datos personales”, el mismo debe modificarse debiendo decir “Protección de datos”.

En la página 235, cláusula sexta “Financiación”, se debe sustituir el segundo párrafo por el que sigue a continuación: “Si como consecuencia del desarrollo reglamentario de lo previsto en la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, o por cualquier otra causa sobrevenida, se produjeran obligaciones de contenido económico para alguna de las partes, estas darán por extinguido el convenio, debiendo proceder, en su caso, a la negociación y firma de un nuevo convenio”.

Y sustituir el tercer párrafo por el siguiente:

“La Comunidad de Madrid no será responsable de ningún tipo de obligación en materia de Seguridad Social por la realización de las prácticas académicas, dándose por extinguido el convenio en otro caso”.

En la página 235, en la cláusula octava “Comisión de Seguimiento y Control”, párrafo 2, donde dice “… por lo dispuesto en el Capítulo II…”; debe decir “… por lo dispuesto en la Sección Tercera del Capítulo II…”.

En la página 235, cláusula novena “Vigencia, efectos y modificación del convenio”, párrafo 1, donde dice “…, que deberá formalizarse con un mes de antelación a la expiración del convenio”; debe decir “… que deberá formalizarse con antelación a la expiración del convenio”.

Madrid, a 5 de junio de 2023.

(03/9.852/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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