Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230616-31

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 1796/2023, de 24 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid, correspondientes al curso académico 2022-2023.

BDNS (Identif.): 699248

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid

Primero

Beneficiarios

Alumnado escolarizado en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en centros públicos, privados y privados concertados que, debidamente autorizados, impartan la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Madrid en régimen ordinario y que cumplan los requisitos siguientes:

1. Haber cursado toda la Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes españoles.

2. Haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final ordinaria, en el curso en el que se realice la convocatoria.

3. Haber obtenido en el conjunto de los cuatro cursos de Educación Secundaria Obligatoria una nota media igual o superior a 8,75 puntos. Dicha nota media será la media aritmética de todas las materias cursadas en los cuatro cursos de la ESO, que se expresará con dos decimales y se redondeará a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior.

4. Haber obtenido una calificación de sobresaliente, 9 o 10, en cada una de las cuatro materias troncales obligatorias de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, que serán las materias objeto de la prueba.

Segundo

Objeto

Convocar los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso 2022-2023.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 784/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Juventud, Educación y Deporte, modificada por la Orden 1328/ 2021, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, modificada por la Orden 3724/2021, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud, Ciencia y Portavocía, y por la Orden 127/2023, de 20 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

Cuarto

Cuantía

Veinticinco premios, cada uno de ellos consistente en una dotación económica de 2000 euros cada uno.

Quinto

Estructura y calificación de la prueba

La prueba se estructurará de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Lengua Castellana y Literatura. Análisis y comentario crítico de un texto en lengua castellana y respuestas a cuestiones de carácter lingüístico o literario.

b) Segundo ejercicio: Geografía e Historia. Repuestas a cuestiones de carácter teórico o práctico sobre contenidos propios de la materia.

c) Tercer ejercicio: Matemáticas. Resolución de ejercicios prácticos o problemas sobre los contenidos de la materia Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas o Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, en función de la opción cursada por el alumno y consignada por éste en la solicitud de inscripción.

d) Cuarto ejercicio: Primera Lengua Extranjera. Respuestas a cuestiones de carácter cultural, literario o gramatical sobre un texto escrito en la lengua extranjera cursada por el alumno y seleccionada por este en la solicitud de inscripción.

Sexto

Propuesta de adjudicación de premios

La propuesta tendrá en cuenta únicamente las calificaciones obtenidas por los candidatos en los diferentes ejercicios que componen la prueba. En esta propuesta, que se realizará ordenando de mayor a menor la calificación final obtenida por los candidatos, solamente figurarán aquellos que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos en cada ejercicio.

Los empates que se produzcan se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se produzca el desempate, los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en los ejercicios realizados, que se compararán sucesivamente de acuerdo con el orden establecido en el quinto apartado de este extracto.

2. Mayor nota media a que hace referencia el punto 3 del apartado primero de este extracto.

3. Ordenación alfabética de los candidatos por apellidos, comenzando por la letra establecida en el último sorteo realizado por la Dirección General de la Función Pública para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Comunidad de Madrid.

El número de premios que se proponga no será superior al número de premios convocados.

Séptimo

Plazo de presentación de las solicitudes

El período para realizar la inscripción comprenderá diez días hábiles a partir del día siguiente a la fecha en la que se publique el extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de mayo de 2023.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/9.523/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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