Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2023

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230621-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LA SIERRA NORTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Mancomunidad de Servicios Sociales de la Sierra Norte. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en su sesión de 29 de marzo de 2023, por el que se aprueba, para el año 2023, las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la adaptación de viviendas de personas que tienen asignado en su resolución de valoración de dependencia, como plan individual de atención, un centro de día o prestación económica vinculada al servicio de centro de día.

BDNS (Identif.): 694536

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/694536)

Primero. Beneficiarios.—“Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones de adaptación de viviendas de personas que tienen asignado como plan de atención un centro de día o prestación económica vinculada al servicio de centro de día, para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad en edificios con tipología residencial, los/as propietarios/as particulares de viviendas dentro de una comunidad de propietarios/as y propietarios/as particulares de viviendas unifamiliares (en los casos contemplados en las presentes bases), que tengan reconocido, en su programa individual de atención el centro de día o prestación económica vinculada al servicio de centro de día, estén empadronadas y residiendo en uno de los municipios de la Mancomunidad y la vivienda constituya su domicilio habitual.

Segundo. Objeto.—La Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, en el marco del Convenio suscrito con la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para la Ejecución de Proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, y dentro de los Créditos Consignados en el Presupuesto de la Mancomunidad para 2023, efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actuaciones de adaptación de viviendas de personas que tienen asignado como plan de atención un centro de día o prestación económica vinculada al servicio de centro de día., para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad de su vivienda habitual de tipología residencial, en los municipios integrantes de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte (año 2023).

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas se incluyen en este texto único.

Cuarto. Cuantía.—Las subvenciones que se concedan al amparo de las presentes bases se financiarán con cargo a los fondos del Convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para la Ejecución de Proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, y dentro de los Créditos Consignados en el Presupuesto de la Mancomunidad para 2023. El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 200.000,00 euros (para el año 2023).

Se considerarán gastos subvencionables o presupuesto protegible el que comprenda el conjunto de gastos originados con motivo de las actuaciones subvencionables conforme a esta convocatoria y que represente el coste real de las mismas. En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.

La cuantía máxima de las ayudas se determinará en función del coste subvencionable de la actuación correspondiente.

Queda excluido el IVA correspondiente a la actuación subvencionable y los gastos de licencias de obra e impuestos municipales, que serán por cuenta de la persona beneficiaria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes junto con el resto de documentación exigida en las presentes bases se dirigirán a la Presidencia de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se publicará, asimismo, en los Tablones de Anuncios y en la Web de la Mancomunidad.

Las personas físicas podrán presentar la solicitud en el registro de la Mancomunidad:

— Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, calle Mártires, 13, 28730 Buitrago del Lozoya (Madrid).Su presentación comporta la aceptación de las presentes bases.

El formulario general de la solicitud y el resto de la documentación estará disponible en la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte y en su página web (http://www.mancomunidadsierranorte.org ).

La información relativa a la subvención se realizará desde el teléfono de atención de la Mancomunidad: 918 694 337, y en su página web.

Sexto. Otros datos.—Documentación que debe acompañarse a la solicitud de subvención. Deberá acompañar a la solicitud de subvención la documentación siguiente: —Anexo I solicitud.—Anexo II declaración responsable.—Anexo III descripción de las actuaciones:

Los diferentes documentos técnicos que se aporten deberán corresponderse con las mismas actuaciones para las que se solicita ayuda, de forma que sean coherentes entre sí y los datos técnicos que se aporten sean coincidentes, en especial el presupuesto de proyecto y el que resulte de la realidad de la actuación.—DNI de la persona solicitante y en su caso del representante legal.—Certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.—Resolución de situación de dependencia y PIA o autorización de consulta.—Datos Bancarios de la persona solicitante.—Memoria técnica, planos descriptivos de la actuación acotados del estado actual y reformado y fotografías del lugar, suscrito por técnico competente. En el caso de que se requiera proyecto de acuerdo con la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, se podrá aportar el Proyecto técnico, en lugar de la Memoria.—Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, desglosado por partidas con precios unitarios y totales con el Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA) correspondiente, incluyendo presupuesto de honorarios y de costes indirectos. Este presupuesto aceptado por la propiedad debe estar debidamente firmado y/o sellado por la empresa que lo presenta.—Solicitud de Licencia de obra o concesión de la licencia (si procede).—Certificados de encontrase al corriente de pago con la agencia tributaria y con la Seguridad Social.

Buitrago del Lozoya, a 13 de junio de 2023.—La presidenta en funciones, Mercedes López Moreno.

(03/10.406/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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