Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230627-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

56
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde en funciones, delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 2719/2023, de 13 de junio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

“1.o Aceptar la relación complementaria propuesta por el tribunal calificador, tras sesión de 25 de mayo de 2023, para la resolución por concurso del proceso selectivo convocado para la cobertura, por los procedimientos extraordinarios de consolidación y de estabilización de empleo temporal, en ejecución de la oferta de empleo público del ejercicio 2018, de diez y una plazas, respectivamente, de personal laboral fijo de técnico conductor del Servicio de Emergencias, en los términos previstos en el dispositivo tercero del presente acuerdo.

2.o Proponer, en base a la citada relación complementaria, en el procedimiento selectivo extraordinario de consolidación, la contratación como personal laboral fijo, en la categoría de técnico conductor del Servicio de Emergencias (L3 de clasificación profesional), a don Juan Antonio Barragán Velayos, con DNI ***3026**.

3.o Proponer, según lo previsto en la base 12.2.a de las específicas que rigen la convocatoria, para la resolución del proceso selectivo en la citada categoría, por orden de prelación, y para el caso de que se produzcan nuevas renuncias o los aspirantes propuestos no cumplan con los requisitos previstos en la convocatoria, a los siguientes:

4.o Disponer la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la presente resolución, para la presentación por orden sucesivo, de la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos de participación exigidos en el proceso selectivo, continuando idéntica tramitación con el resto de aspirantes propuestos en relación complementaria, en el caso de la no presentación por alguno de ellos, en el plazo concedido, de la documentación indicada, si de la misma se dedujese el no cumplimiento de los requisitos exigidos o se produjese renuncia al derecho a ser contratado.

5.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).

6.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente”.

Boadilla del Monte, a 15 de junio de 2023.—El segundo teniente de alcalde en funciones, delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/10.665/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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