Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2023

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230704-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

69
Daganzo de Arriba. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

”Séptimo.—Reconocimiento de dedicación exclusiva o parcial a miembros de la corporación.

Una vez celebradas las elecciones locales de 28 de mayo de 2023, y constituido el Ayuntamiento de Daganzo el día 17 de junio de 2023.

En virtud del artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, introducido por la citada Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y complementado con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley de presupuestos vigente.

Igualmente, la citada Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local introduce un artículo 75 ter en la mencionada Ley 7/1985 en el que se limita el número de miembros que en una Entidad local pueden tener dedicación exclusiva, en función de la población de cada municipio.

El citado artículo 75 ter de la Ley 7/1985 fija en un máximo de 5 los miembros de la corporación que pueden prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva.

Por otro lado, procede tener en cuenta la regulación de la dedicación parcial contenida en el artículo 75.2 de la mencionada Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece la percepción de retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran; debiendo el acuerdo plenario de determinación de los cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos contener el régimen de la dedicación mínima necesaria.

Asimismo, se hace constar que el importe total de las retribuciones parciales no superan el límite de la cantidad de 58.080,05 euros multiplicada por cinco, límite máximo del número de concejales e importe establecido para los concejales con dedicación exclusiva.

Así pues, con sujeción a la normativa citada, y en virtud de las responsabilidades, funciones atribuidas y la dedicación mínima necesaria se propone la aprobación por el Pleno de la determinación de los cargos a los que se asigna la dedicación exclusiva o parcial.

Por todo ello, conforme a las atribuciones que confiere a esta Alcaldía la legislación citada, por 9 votos a favor y 8 votos en contra se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.—Fijación de la relación de cargos a los que se les asigna la dedicación exclusiva o parcial.

Los concejales del Ayuntamiento de Daganzo desempeñarán los cargos que a continuación se relacionan con dedicación exclusiva o parcial, por así considerarse dado el grado de responsabilidad, delegaciones y demás cometidos inherentes al cargo.

— Cargos con dedicación exclusiva:

• Alcalde-presidente dedicación jornada completa 100 por 100.

El reconocimiento de la dedicación exclusiva exige la dedicación preferente del mismo a las tareas propias de su cargo.

— Cargos con dedicación parcial jornada mínimo 79 por 100.

• Concejal-delegado del Área de Actividades Deportivas, Obras y Mantenimiento y Festejos en el concejal-delegado Roberto Lázaro Moreno-Cid.

• Concejal-delegado del área de Patrimonio, Economía y Hacienda, Turismo y Medioambiente, Sostenibilidad y Servicios en el concejal Juan Antonio Rodríguez de Blas.

• Concejal-delegado del área de Cultura, Música y Danza y Servicio Municipal de mayores en el concejal Juan Fernando Corrales Duarte.

• Concejal-delegado del área de Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Emergencias, Nuevas Tecnologías e Instalaciones Deportivas en el concejal Francisco José Gallego Díaz.

La dedicación mínima necesaria para estos cargos será del 79 por 100.

— Cargos con dedicación parcial jornada mínimo 63 por 100.

• Concejala Delegada del área de Recursos Humanos, Mujer e Igualdad y Juventud en la concejala Miriam Galán Camisón.

• Concejala Delegada del área de Comercio e Industria, Educación, Consumo y Empleo e Infancia en la concejala María Elena Pérez Cascón.

• Concejala Delegada del área de Atención al Ciudadano, Comunicación y Protocolo, Sanidad, Transporte y Movilidad en la concejala María Josefa Arráez Lozano.

La dedicación mínima necesaria para estos cargos será del 63 por 100.

— Cargos con dedicación parcial jornada mínimo 34,50 por 100.

• Concejala Delegada del área de Servicios Sociales en la concejala María de los Milagros Giménez Gómez.

La dedicación mínima necesaria para este cargo será del 34,50 por 100.

Segundo.—Los miembros de la corporación que ejerzan su cargo con dedicación exclusiva, o parcial percibirán las retribuciones que a continuación se detallan:

— Asignación anual para Manuel Jurado Marrufo: 45.400,00 euros brutos al año, a repartir en 14 mensualidades.

— Asignación anual para concejales con una dedicación parcial de un mínimo del 79 por 100 es de 35.866,00 euros brutos al año, a repartir en 14 mensualidades.

— Asignación anual para concejales con una dedicación parcial de un mínimo del 63 por 100 es de 28.602,00 euros brutos al año, a repartir en 14 mensualidades.

— Asignación anual para concejales con una dedicación parcial de un mínimo de 34,50 por 100 es de 15.663,00 euros brutos al año, a repartir en 14 mensualidades.

Tercero.—Los señores concejales que no reciban retribuciones totales ni parciales, recibirán una gratificación de 110,00 euros por cada asistencia a Órganos Colegiados”.

Daganzo de Arriba, a 22 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Manuel Jurado Marrufo.

(03/11.071/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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