Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230705-80

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

80
Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Nombramientos

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad a los siguientes decretos, dictados por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, con motivo de la organización municipal para el período 2023-2027.

Decreto 2023/3856, de 19 de junio de 2023: nombramiento de los tenientes de alcalde

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente decreto:

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 125 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, que establece que el alcalde podrá nombrar entre los concejales que formen parte de la Junta de Gobierno Local a los tenientes de alcalde, que le sustituirán, por el orden de su nombramiento en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.

Considerando lo establecido por el artículo 10 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad del alcalde será sustituido por los tenientes de alcalde por el orden de su nombramiento. En estos casos, la suplencia se producirá sin necesidad de un acto expreso declarativo al respecto, debiéndose cuenta al pleno de esta circunstancia. No obstante, el alcalde podrá determinar la forma que esta suplencia se deba producir.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en resolver,

Primero.—Nombrar los siguientes tenientes de alcalde:

1. Nombrar a doña Mónica Sebastián Pérez, como primera teniente de alcalde.

2. Nombrar a don Francisco Manuel Paloma González, como segundo teniente de alcalde.

3. Nombrar a doña Ana María Pérez Santiago, como tercera teniente de alcalde.

4. Nombrar a doña Raquel López Rodríguez, como cuarta teniente de alcalde.

5. Nombrar a don Isidoro Ortega López, como quinto teniente de alcalde.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

Decreto 2023/3865, de 19 de junio de 2023: determinación, denominación y atribución de competencias a las Áreas de Gobierno

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente decreto:

Considerando lo establecido por el artículo 124.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se atribuye al alcalde competencia para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal.

Considerando que el artículo 39 del Reglamento Orgánico Municipal establece que los Servicios administrativos y las Direcciones Generales del Ayuntamiento se estructurarán en Áreas, correspondiendo a la Alcaldía, su determinación, distribución en unidades orgánicas y atribución de competencias a cada una de las mismas.

Tras la celebración de elecciones municipales el pasado 28 de mayo de 2023 y, una vez constituido el Pleno el pasado 17 de junio, el presente decreto tiene por objeto dar cumplimiento a la previsión contenida en el artículo 39 del Reglamento Orgánico Municipal estableciendo la nueva estructura de la Administración ejecutiva del Ayuntamiento de Fuenlabrada, adaptándola así a los requerimientos derivados del programa del gobierno municipal.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—La Administración del Ayuntamiento de Fuenlabrada bajo la superior dirección y coordinación del alcalde, se estructura en las siguientes Áreas de Gobierno, a las que corresponden las competencias ejecutivas en los servicios y materias que a continuación se relacionan:

— Área de Gobierno municipal denominada Ciudad Viva, en la que se integrarán los servicios de Participación Ciudadana, Mayores, Eventos Populares, Cultura, Deporte y Salud, Infancia, Juventud y Cooperación Exterior.

Se adscribe a esta área los siguientes organismos autónomos: Patronato Municipal de Cultura y Patronato Municipal de Deportes. Se adscribe a esta área las siguientes empresas públicas: Enclavejoven, S. L. y Animavojen, S. A. U.

— Área de Gobierno municipal denominada Economía y Administración, en la que se integrarán los servicios de Hacienda, Intervención, contabilidad, presupuestación, política financiera y tesorería, coordinación administrativa y económica de las empresas públicas, gestión tributaria, contratación y patrimonio, desarrollo económico, emprendimiento, empleo, industria, comercio, gestión de las personas e innovación.

Se adscriben a esta área el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (OTAF), Organismo Autónomo Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, y la Empresa Municipal Fuenlabrada Medios de Comunicación, S. A.

— Área de Gobierno municipal denominada Desarrollo Sostenible de la Ciudad, en la que se integrarán los servicios de Urbanismo, Infraestructuras, Sostenibilidad, Planificación Urbana, Agenda Urbana, Agenda 2030, Smart Cities, Movilidad y Transporte, Eficiencia Energética, Medio Ambiente, Espacio Público y Parques y Jardines.

Se adscribe a esta área las siguientes empresas públicas: Empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada, S. A., e Instituto Municipal de la Vivienda, S. A.

— Área de Gobierno municipal denominada Derechos de la Ciudadanía, en la que se integrarán los servicios de Bienestar Social, Igualdad, Seguridad Ciudadana: Policía Municipal, Bomberos y Protección Civil, y Convivencia, Interculturalidad y Antidiscriminación, Feminismo y Diversidad, Sanidad y Consumo.

— Área de Gobierno municipal denominada Gobierno Abierto, en la que se integrarán los servicios de Oficina Comisión sugerencias y reclamaciones, coordinación administrativa de las Juntas de Distrito, transparencia activa, pasiva y colaborativa, Gobierno abierto, protección de datos, atención ciudadana, estadística, archivo municipal, Plan Estratégico de Calidad de los Servicios, Régimen Interior y Educación.

Se adscribe a esta área la empresa pública Instituto Municipal de Limpieza y Servicios (IMLS).

Segundo.—La Alcaldía ejercerá la superior coordinación de las Áreas de Gobierno municipal, relaciones institucionales, gabinete de alcaldía, protocolo, comunicación institucional y proyectos europeos, secretaria general del Pleno y titular de la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica.

Tercero.—Nombrar como concejales titulares responsables de coordinar las diferentes Áreas de Gobierno municipal:

— Área de Gobierno municipal denominada Ciudad Viva, doña Mónica Sebastián Pérez.

— Área de Gobierno municipal denominada Economía y Administración, don Francisco Manuel Paloma González.

— Área de Gobierno municipal denominada Desarrollo Sostenible de la Ciudad, doña Ana María Pérez Santiago.

— Área de Gobierno municipal denominada Derechos de la Ciudadanía, doña Raquel López Rodríguez.

— Área de Gobierno municipal denominada, Gobierno Abierto, don Isidoro Ortega López.

Cuarto.—Los titulares de las diferentes Áreas municipales, en su condición de miembros de la Junta de Gobierno Local, podrán resolver sobre actos que afecten a terceros en materias objeto de delegación especial en los servicios que correspondan a cada Área, así como asumir la firma de las competencias delegadas en las diferentes Delegaciones englobadas en cada Área, para los casos de ausencia, vacante o enfermedad de los titulares de dichas Delegaciones.

Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Sexto.—Publíquese la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dese cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo”.

Lo que se publica para general conocimiento.

Fuenlabrada, a 23 de junio de 2023.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Eulalio Ávila Cano.

(03/11.182/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230705-80