Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2023

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230706-178

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

178
Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 23 de junio de 2023, del siguiente literal:

“Delegación de competencias de alcalde en concejales.

D. Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.

Atendiendo a las necesidades de la organización municipal y de la gestión de los asuntos de competencia municipal.

Y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:

Primero.—Designar a D. Francisco Funes Ángel, concejal delegado en las áreas de Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanizaciones, Deporte y juventud, y delegar en él el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros:

— En el área de Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanizaciones:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera licencias y autorizaciones correspondientes al área.

— En el área de Deporte:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

— En el área de Juventud:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

Segundo.—Designar a D. Raúl Jiménez Rodríguez, concejal delegado en las áreas de Infraestructuras y Obras Públicas, Medio Ambiente, y Transportes y Movilidad, y delegar en él el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros:

— En el área de Infraestructuras y Obras Publicas:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera licencias y autorizaciones correspondientes al área.

— En el área de Medio Ambiente:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera licencias y autorizaciones correspondientes al área.

— En el área de Transportes y Movilidad:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera licencias y autorizaciones correspondientes al área.

Tercero.—Designar a Dña. Olga Sancho Mauri, concejala delegada en las áreas de Administración General y Régimen Interior, Formación y Empleo, Consumo y Sanidad, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros:

— En el área de Administración General y Régimen Interior:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La dirección e impulso y resolución en materia de transparencia administrativa.

• La dirección e impulso del registro público de intereses de los miembros de la Corporación.

• La coordinación de las actuaciones entre las distintas áreas de gestión municipal.

— En el área de Formación y Empleo:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

— En el área de Consumo:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera autorizaciones correspondientes al área.

— En el área de Sanidad:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera autorizaciones correspondientes al área.

Cuarto.—Designar a Dña Sonia Cirvian Sánchez, concejala delegada en las áreas de Contratación, Comunicación y Protocolo y Relaciones Institucionales, Participación Ciudadana y Bienestar Animal, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros:

— En el área de Contratación:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La preparación de todos los expedientes de contratación de obras, servicios y suministros, y concesiones, adquisiciones y enajenaciones de bienes y derechos.

• La preparación, tramitación y adjudicación de la contratación menor.

• La formalización y firma de los documentos contractuales consecuencia de las adjudicaciones en materia de ejecución de obras, prestación de servicios y realización de suministros, cualquiera que sea el órgano de contratación.

• La recepción de suministros y firma de las correspondientes actas de recepción.

— En el área de Comunicación y Protocolo y Relaciones Institucionales:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

— En el área de Participación Ciudadana:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Conceder cualesquiera autorizaciones correspondientes al área.

• La dirección e impulso del registro público de asociaciones municipales.

— En el área de Bienestar Animal:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Resolución de anotaciones en registros de animales.

• Conceder cualesquiera licencias y autorizaciones de tenencia de animales domésticos y otras correspondientes al área.

Quinto.—Designar a Dña Cristina Reoyo Cubo, concejala delegada en las áreas de Educación, Cultura, Hermanamientos y Asuntos y Bienestar Social, englobando esta última área las sub-áreas de Infancia, Familia, Mujer, Tercera Edad e Igualdad de Oportunidades, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, incluyendo la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros:

— En el área de Educación:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

— En el área de Cultura:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

— En el área de Hermanamientos:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

— En el área de Asuntos y Bienestar Social, que engloba las sub-áreas de Infancia, Familia, Mujer, Tercera Edad e Igualdad de Oportunidades:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• Resolución de anotaciones en registros de animales.

Sexto.—Designar a D. Carlos Manuel Lombas Fragio, concejal delegado en las áreas de Servicios Públicos y Generales, Protección Civil, Innovación Tecnológica, Desarrollo Local, Comercio y Turismo, y delegar en él el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación, sin que le corresponda la facultad de dictar actos administrativos que surtan efectos frente a terceros:

— En el área de Servicios Públicos y Generales:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La propuesta de actuaciones y resoluciones.

— En el área de Protección Civil:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La propuesta de actuaciones y resoluciones.

— En el área de Innovación Tecnológica:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La propuesta de actuaciones y resoluciones.

— En el área de Desarrollo Local:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La propuesta de actuaciones y resoluciones.

— En el área de Comercio:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La propuesta de actuaciones y resoluciones.

— En el área de Turismo:

• La dirección y organización del servicio y la gestión de los asuntos.

• La incoación, impulso de tramitación, y resolución de cualesquiera expedientes.

• La propuesta de actuaciones y resoluciones

Séptimo.—Los acuerdos que se adopten por delegación deberán indicar expresamente esta circunstancia, y se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria. En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la competencia para la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por el órgano delegado.

Se aplicará, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la delegación de competencias del alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Octavo.—Imponer a los concejales delegados la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Noveno.—Notificar personalmente la presente resolución al interesado, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Décimo.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y Tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase”.

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villanueva del Pardillo, a 27 de junio de 2023.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/11.330/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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