Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
07-07-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230707-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

41
Brunete. Organización y funcionamiento. Comisiones informativas

En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 43, 44, 112 y 114, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público para general conocimiento, que la alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Brunete ha dictado decreto, de 20 de junio de 2023, que se transcribe literalmente a continuación:

“Propuesta de alcaldía sobre creación y composición de Comisiones Informativas:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58, del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (ROF), en la primera sesión plenaria a celebrar, se deberá proceder a adoptar acuerdo sobre creación y composición de las Comisiones informativas permanentes.

Por su parte, el artículo 116 de la misma norma, así como el 127 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, configuran como preceptiva la existencia de una Comisión Especial de Cuentas. Su constitución, composición e integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás Comisiones Informativas.

Visto lo dispuesto en los artículos 123 y ss. del citado Reglamento y en virtud de las facultades que me atribuye la vigente legislación de Régimen Local, se eleva a Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Crear las siguientes comisiones informativas permanentes:

— Comisión Informativa de Control y Fiscalización de Órganos de Gobierno, Urbanismo y Medio Ambiente.

— Comisión Informativa de Cuentas, Presupuestos, Bienes, Ordenanzas y Contratación.

Aquellos asuntos que por su naturaleza no tengan un claro encaje en las Comisiones que se crean serán dictaminados por defecto por la Comisión Informativa de Control y Fiscalización.

Segundo.—Respecto a la composición de dichas Comisiones Informativas, estas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estarán integradas por 11 concejales. Por tanto, visto que tras los comicios locales celebrados el día 28 de mayo de 2023, el Partido Popular ha obtenido una representación de 9 concejales; Abanza: 3 concejales; Vox: 2 concejales; Partido Socialista Obrero Español: 1 concejal; Ganar Brunete: 1 concejal, respectivamente, la composición de las Comisiones Informativas será la siguiente:

— Grupo municipal del Partido Popular: 6 concejales.

— Grupo municipal Abanza: 2 concejales.

— Grupo municipal Vox: 1 concejal.

— Grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español: 1 concejal.

— Grupo municipal Ganar Brunete: 1 concejal.

Los portavoces de los distintos grupos remitirán a la Alcaldía, por conducto de la Secretaría General, los concejales que en calidad de titular y suplente deban formar parte de cada Comisión, de todo lo cual se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Tercero.—Las Comisiones Informativas celebrarán sesión ordinaria los jueves de la semana inmediatamente anterior a la fecha de celebración del Pleno ordinario, a las 18:00 horas, la de Control y Fiscalización de Órganos de Gobierno, Urbanismo y Medio Ambiente y a las 18:30 horas, la de Cuentas, Presupuestos, Bienes, Ordenanzas y Contratación”.

Brunete, a 27 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar Nicolás Robledano.—El secretario municipal, Luis Alberto Gil García.

(03/11.403/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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