Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2023

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230710-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

86
La Cabrera. Organización y funcionamiento. Ordenanza Administración Electrónica

Al no haberse presentado alegaciones al acuerdo de este Ayuntamiento, de 13 de abril de 2023, durante el período de exposición pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 104, de 3 de mayo de 2023), queda aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza reguladora denominada “Ordenanza reguladora de la administración electrónica del Ayuntamiento de La Cabrera”, cuyo texto íntegro de la modificación se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases del Régimen Local.

«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA

“Artículo 2. Esta ordenanza será de aplicación al Ayuntamiento de La Cabrera y a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de este, y a los ciudadanos y obligados señalados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 en sus relaciones con la Administración municipal.

Todos los sujetos señalados en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, se han de relacionar obligatoriamente por medios electrónicos con la Administración municipal en los términos establecidos en la Ley y desarrollados en la presente ordenanza”.

Artículo 6. Se añade un epígrafe 18, que dice:

“18. El catálogo de procedimientos que se ponen al servicio de los empleados públicos para el cumplimiento efectivo de su obligación de tramitación electrónica de sus solicitudes cuando actúan en calidad de empleados públicos”.

DISPOSICIÓN FINAL

“La presente ordenanza deroga la aprobada por este Ayuntamiento en sesión 17 de noviembre de 2009, publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 36/2010, y cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 18 de noviembre de 2021, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa».

La Cabrera, a 15 de junio de 2023.—El alcalde-presidente en funciones, Gregorio Miguel Cerezo Hernández.

(03/11.432/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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