Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230710-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

97
Pinto. Organización y funcionamiento. Nombramientos

Se hace público para general conocimiento que, con fecha 27 de junio de 2023, don Salomón Aguado Manzanares, alcalde del Ayuntamiento de Pinto, ha dictado el decreto que a continuación se transcribe:

“Nombramiento de tenientes de alcalde:

El artículo 20.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que las Tenencias de Alcaldía existen en todos los Ayuntamientos, desarrollándose su régimen jurídico en los artículos 46 a 48 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y 57 a 59 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Pinto.

A su vez, los artículos 21.2 y 23.3 de dicho texto legal determina que sus titulares son libremente designados y removidos por la Alcaldía de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local, correspondiéndoles la sustitución, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, del alcalde.

Por todo ello y en ejercicio de mis atribuciones, D. Salomón Aguado Manzanares, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Pinto, resuelvo:

Primero.—Nombrar titulares de las Tenencias de Alcaldía a los concejales miembros de la Junta de Gobierno Local siguientes:

— D. Francisco José Pérez García, primer teniente de alcalde.

— D. Fernando Asís González Jaén, segundo teniente de alcalde.

— D.a María Jesús Castro García de Paredes, tercera teniente de alcalde.

— D.a Isabel Villajos Marín, cuarta teniente de alcalde.

— D. Juan Guillermo Padilla Jiménez, quinto teniente de alcalde.

Segundo.—Establecer los siguientes criterios de ejercicio de la suplencia de la Alcaldía por las Tenencias de Alcaldía:

1.o La suplencia del titular de la Alcaldía por la de la Tenencia de Alcaldía que corresponda según el orden de su nombramiento comporta la asunción temporal por esta, bajo la denominación de Alcaldía Accidental, de la totalidad de las atribuciones de aquella, tanto propias como delegadas, con las excepciones previstas en la normativa vigente.

2.o En todo escrito que se firme y en cualquier acto o resolución administrativa que se apruebe por la Alcaldía accidental se incluirá esta denominación para significar el carácter con que se ejerce la atribución en cuya virtud se aprueban, identificando, cuando exista, el decreto en que se funda la suplencia.

Tercero.—Revocar cualesquiera otros decretos de Alcaldía vigentes a esta fecha en materia de nombramiento de tenientes de alcalde.

Cuarto.—Diferir la efectividad de esta resolución hasta el 29 de junio de 2023.

Quinto.—Notificar esta resolución a los concejales nombrados como tenientes de alcalde.

Sexto.—Publicar esta resolución en la Intranet municipal, en el portal de transparencia del Ayuntamiento, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno”.

Pinto, a 28 de junio de 2023.—El alcalde, Salomón Aguado Manzanares.

(03/11.499/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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