Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-95

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

95
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno

Mediante decreto número 3359, de Organización y Estructura de la Administración municipal ejecutiva, de 19 de junio de 2023, esta Alcaldía ha resuelto:

Primero. Estructura de la Administración.—La Administración del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, bajo la superior dirección de la alcaldesa, se estructura en las Concejalías de Gobierno que se identificarán, a continuación, sin perjuicio de conferir una o varias de ellas a una misma persona, en atención a la proximidad de los medios adscritos o la directa relación entre las competencias que, posteriormente, se deleguen.

Segundo. Funciones y delegación de atribuciones en las personas titulares de las Concejalías-Delegadas.—Al objeto de facilitar la gestión de los distintos Departamentos se detallan, a continuación, las funciones y contenido genérico de las delegaciones, sin perjuicio de la concreción que pueda señalarse en la resolución de nombramiento específico de cada Concejalía/Delegación:

Alcance genérico

1. Con independencia de las atribuciones que, para un asunto determinado, les pueda delegar esta Alcaldía, a las Concejalías-Delegadas les corresponde la dirección de los ámbitos de la actividad administrativa integrados en su área.

2. El alcance genérico de las funciones delegadas es el siguiente:

a) Ejercer la representación, dirección, gestión e inspección del Área del que sean titulares.

b) Fijar los objetivos del área/concejalía de su competencia, aprobar los Planes de gestión y actuación de la misma y asignar los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo con las normas presupuestarias correspondientes.

La dirección de las áreas/concejalías y servicios correspondientes a cada una de ellas, así como su gestión, dictando cuantas providencias de impulso y tramitación sean precisas o convenientes en los respectivos expedientes y, en general, cuantos actos se encuentren atribuidos al alcalde y resulte posible su delegación con arreglo a la normativa de aplicación.

c) Elevar al Pleno las propuestas que les correspondan en el ámbito de las competencias de su Área.

d) Proponer a la Junta de Gobierno Local la aprobación de los proyectos de disposiciones de carácter general y las demás propuestas que correspondan en el ámbito de sus competencias.

e) Proponer al alcalde la aprobación de los proyectos de organización y estructura de su Área.

f) Evaluar la ejecución de los planes de actuación del Área por parte de los órganos Directivos y ejercer el control de eficacia respecto de su actuación.

g) Dictar resoluciones e instrucciones en relación con el área o servicio que se les atribuye.

h) Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento, en relación con el área, concejalía o servicio.

i) Firmar el visado de las certificaciones que se expidan por los funcionarios municipales dentro del área, concejalía o servicio correspondiente y la firma de los oficios, comunicaciones o traslados de acuerdos dirigidos a Organismos o Autoridades.

j) La autorización y disposición de gastos de competencia de la Alcaldía, en relación con el área o servicio que se les atribuya.

k) La estimación o desestimación de las solicitudes que los particulares puedan formular en el ámbito de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el área, concejalía o servicio encomendado.

l) La resolución de las peticiones de acceso a archivos y registros y de obtención de copia de resoluciones y antecedentes de las mismas que los particulares puedan formular en el ámbito de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el área, concejalía o servicio que se les encomiende.

m) La resolución de cuantas alegaciones y recursos se interpongan contra actos administrativos dictados en el ejercicio de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el área, concejalía o servicio a que se refiera la delegación.

n) La incoación y resolución de los expedientes de revisión de oficio de los actos competencia del alcalde en relación con el área, concejalía o servicio objeto de delegación.

ñ) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de competencia de la Alcaldía en relación con el área, concejalía o servicio que se les atribuya.

o) El ejercicio de la potestad sancionadora en general, sin perjuicio de la delegación específica en Concejalía-Delegada de Seguridad y Emergencias.

Específicamente se delegará en la Concejalía de Desarrollo Urbano, la relativa a la protección de la legalidad urbanística, así como las competencias sancionadoras, de inspección urbanística y de restauración que la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid atribuye al alcalde o al municipio sin determinar órgano específico, así como la potestad sancionadora y de restauración en materia de prevención de la contaminación ambiental, en materia de prevención contra la contaminación acústica y en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos públicos.

Y, en la Concejalía de Economía y Hacienda, el ejercicio de la inspección y sanción en el ámbito de la Dirección General de Administración Tributaria.

p) La concesión de licencias cuando la legislación sectorial que las regule las atribuya al alcalde o al municipio sin determinar órgano específico.

q) Ejercer la superior autoridad sobre el personal de su Área, sin perjuicio de las competencias que en esta materia se delegan en el Área de Gobierno de Recursos Humanos y aquellas que ostenta la Alcaldía por mandato legal. En los diferentes decretos de delegación de atribuciones se enumerarán, con nivel de desagregación de Jefatura de Sección, los Medios personales adscritos a cada Concejalía.

r) Resolver los conflictos entre los Órganos Directivos dependientes de su Área.

s) Cualesquiera otra que les atribuyan los Reglamentos Municipales aprobados y las demás disposiciones legales vigentes.

Las delegaciones referidas en el apartado anterior abarcarán, tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, salvo que expresamente se indique lo contrario.

Asimismo, las diferentes Concejalías serán competentes para proponer gastos de su delegación por un importe inferior a 18.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a su Delegación según clasificación del presupuesto en vigor.

Tercero. Delegaciones específicas en la Primera Tenencia de Alcaldía.—La Primera Tenencia de Alcaldía ostentará, además de la Secretaría de la Junta de Gobierno, la coordinación de las relaciones con la Federación Española de Municipios y Provincias y con la Federación Madrileña de Municipios, así como con las entidades de índole urbanística que actualmente se hallan en funcionamiento.

De acuerdo con los Estatutos de la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda de San Sebastián de los Reyes, S. A., el cargo de presidente del Consejo de Administración recae en la alcaldesa del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes o persona en quien esta delegue. De tal forma, se delegan expresamente en el señor primer teniente de alcalde, las atribuciones que a esta Alcaldía le están reconocidas en virtud de dichos Estatutos.

Cuarto. Delegaciones específicas por ámbito territorial.—Esta Alcaldía tiene la voluntad de impulsar las actuaciones necesarias para dotar a los barrios de las Urbanizaciones, de un estatus jurídico y de servicios públicos que garanticen, a las personas que residen en lugares más alejados, el disfrutar de las mismas condiciones de prestación de servicios públicos.

Por ello han de articularse las políticas de coordinación y desconcentración territorial en los barrios y urbanizaciones de La Granjilla, Fresno Norte, Ciudalcampo, Fuente del Fresno, Club de Campo y Puente Cultural.

En este sentido, la persona titular de la Concejalía-Delegada de Urbanizaciones ejercerá las competencias de coordinación que esta Alcaldía se ha reservado, circunscritas al ámbito territorial de dichas Urbanizaciones.

Quinto. Delegaciones específicas sobre un proyecto o asunto determinado.—Valorada la importancia que revisten los Servicios Municipales que comportan unas relaciones directas con los vecinos y atendiendo a la necesidad de gestionar adecuadamente los grandes contratos que soportan dichos Servicios, tanto el mantenimiento y mejora de zonas verdes y espacios públicos como la limpieza viaria y recogida de residuos, esta Alcaldía ha considerado pertinente otorgar delegaciones específicas que incluyen todas las competencias delegables, incluso la facultad de dictar actos administrativos eficaces frente a terceros, en los siguientes términos:

a) Las competencias de la Alcaldía en relación con el Contrato del Servicio de conservación, mantenimiento y mejora de zonas verdes municipales, arbolado de alineación y mobiliario urbano de San Sebastián de los Reyes, quedan delegadas en el concejal D. Carlos Bolarín Díaz.

b) Las competencias de la Alcaldía en relación con el actual Contrato del Servicio de limpieza viaria y recogida y transporte de residuos del Municipio, así como el diseño y planificación del nuevo contrato, quedan delegadas en el primer teniente de alcalde, D. Diego Domingo García Muñoz.

Sexto. Alcance específico de las delegaciones ordenadas por ámbito material de competencias.—El alcance específico de las delegaciones, por ámbito material de competencias y sin perjuicio de las concreciones que se realizarán en el acto de nombramiento de la persona titular de la Concejalía de Gobierno, es el siguiente:

— Concejalía-Delegada de Atención Directa a la Ciudadanía, Igualdad y Mayores:

• Atención Directa a la Ciudadanía:

Servicios de atención directa a la ciudadanía y registros electrónicos.

Servicios auxiliares y de control de accesos.

Padrón y registro de Uniones de Hecho.

Archivos.

Servicios funerarios.

• Igualdad:

Promoción de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Violencia de Género: Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género.

• Personas Mayores:

Promoción de políticas orientadas a mejorar la calidad de vida de las Personas Mayores.

Centros de Personas Mayores “Gloria Fuertes” y “Alcalde Manuel Mateo López”.

— Concejalía-Delegada de Desarrollo Urbano, Contratación y Compras, Medio Ambiente y Sostenibilidad y Patrimonio:

• Desarrollo Urbano:

Suelo y Urbanismo.

Ordenación del territorio.

Licencias (Urbanísticas y de actividades).

Disciplina Urbanística.

Políticas locales de mejora del medio ambiente, sostenibilidad y eliminación y tratamiento de residuos.

• Cementerios.

• Patrimonio:

Gestión del patrimonio municipal, Inventario y concesiones administrativas.

Reclamaciones patrimoniales.

• Contratación y Compras:

Gestión de los expedientes de Contratación. Contratación menor y compras.

• Políticas locales de mejora del Medio Ambiente y sostenibilidad:

Contrato del Servicio de limpieza viaria y recogida y transporte de residuos.

— Concejalía-Delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, Juventud e Infancia:

• Cooperación, Participación y Asociaciones:

Política municipal de cooperación ciudadana.

Participación ciudadana y Asociaciones vecinales.

• Juventud e Infancia:

Política municipal en materia de Infancia. Centro de actividades para la Infancia “Divertilandia”.

Políticas dirigidas a jóvenes y adolescentes. Centro Joven Sanse “Daniel Rodríguez”.

— Concejalía-Delegada de Deportes:

• Complejos Deportivos “Dehesa Boyal” y “La Viña” y otras instalaciones deportivas.

• Pruebas deportivas y otras manifestaciones deportivas.

— Concejalía-Delegada de Economía y Hacienda, Cultura, Informática e Innovación Tecnológica, Transparencia y Datos Abiertos:

• Economía y Hacienda:

Presupuesto Municipal y coordinación de inversiones.

Gestión del gasto y de los pagos. Gestión de operaciones no presupuestarias. Contabilidad.

Tesorería y endeudamiento. Aplicación de tributos e ingresos.

• Cultura:

Planificación y desarrollo de las actividades culturales.

Gestión de espacios escénicos.

• Informática e innovación tecnológica:

Tecnologías de la Información, ciber-seguridad y comunicación: sistemas de Información y soporte informático.

Administración electrónica: aplicaciones de gestión y usuarios, gestor de expedientes y sede electrónica.

• Transparencia y Datos abiertos.

— Concejalía-Delegada de Educación, Diversidad Funcional, Bienestar Social y Familias y Promoción de la Salud:

• Educación:

Desarrollo de las políticas locales de Educación.

Relaciones con las Administraciones Educativas.

• Diversidad funcional:

Políticas activas de inclusión social.

• Bienestar social y Familias:

Políticas sectoriales de apoyo a las familias. Protección y garantía social.

Centro Municipal de Servicios Sociales.

• Promoción de la Salud:

Coordinación de las políticas y relaciones con otras Administraciones. Autorizaciones en materia de Salud Pública.

— Concejalía-Delegada de Innovación y Empleo, Recursos Humanos, Organización y Calidad y Consumo:

• Innovación y Empleo:

Innovación, promoción emprendedora y empresarial.

Políticas locales de formación y de empleo.

Promoción del Comercio.

• Recursos Humanos, organización y calidad:

Planificación y gestión de los Recursos Humanos.

Relaciones con los Representantes del Personal.

Organización, Calidad, Datos y Evaluación.

• Consumo:

Políticas de protección a los consumidores.

Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).

— Concejalía-Delegada de Obras y Servicios Públicos:

• Vías Públicas y mantenimiento de la Ciudad.

• Mantenimiento de edificios públicos.

— Concejalía-Delegada de Seguridad y Emergencias, Turismo, Fiestas y Tradiciones Populares, Zonas Verdes, Movilidad y Transportes:

• Seguridad y emergencias:

Seguridad ciudadana.

Policía Local y Protección Civil.

Sanciones.

• Turismo, fiestas y tradiciones populares:

Turismo.

Fiestas y tradiciones de San Sebastián de Los Reyes.

Organización de eventos. Relaciones institucionales y convenios.

• Movilidad y transportes:

Plan de Movilidad Urbana Sostenible.

Gestión de espacios públicos, ocupaciones.

Transportes y relaciones con el Consorcio Regional de Transportes.

• Mantenimiento de Zonas Verdes Municipales.

— Concejalía-Delegada de Urbanizaciones:

• Políticas de desconcentración territorial de los Servicios públicos.

• Coordinación de actuaciones en La Granjilla, Fresno Norte, Ciudalcampo, Fuente del Fresno, Club de Campo y Puente Cultural.

Séptimo. Competencias no delegadas por esta Alcaldía.—Esta Alcaldía-Presidencia se reserva expresamente las competencias en materia de Planificación Estratégica y Agenda Urbana, así como la dirección del proceso de elaboración de planes estratégicos de inversión territorial.

De igual forma, no han sido delegadas las siguientes materias y competencias:

1. Comunicación: desarrolla las siguientes funciones:

a) Dirigir la comunicación institucional (interna y externa) del Ayuntamiento.

b) Supervisar las campañas informativas y de publicidad que se proyecten.

c) Dirigir las campañas de publicidad institucional.

d) Relaciones con los medios de comunicación social y con los de otras instituciones, administraciones y empresas privadas.

e) Programar y dirigir los actos que realice el Ayuntamiento con presencia de medios de comunicación.

f) Desarrollar la aplicación de la identidad corporativa del Ayuntamiento.

g) Dirigir los contratos relacionados con el mobiliario urbano y la instalación de campañas institucionales en el mismo.

h) Asesoramiento a las diversas áreas de la organización en materia de comunicación.

i) Dirigir las redes sociales municipales.

j) Dirigir y coordinar los contenidos de las webs municipales.

k) Dirigir las publicaciones periódicas del Ayuntamiento.

2. Protocolo y relaciones institucionales: desarrolla las siguientes funciones:

a) Elaborar los ordenamientos, las precedencias y los procedimientos protocolares de la institución.

b) Trabajar en la planificación, organización, coordinación y supervisión de todos los actos y ceremonias protocolares, tanto dentro como fuera de la Institución.

c) Supervisar la correcta aplicación de las normas y disposiciones referentes a las precedencias y los símbolos en todos los niveles (local, autonómico y nacional).

d) Coordinar las acciones correspondientes a cada una de las áreas involucradas en la actividad protocolar de la institución.

e) Asesorar al personal en general en temas de ceremonial y protocolo.

f) Programación y planificación de la agenda protocolar.

g) Asesoramiento y asistencia en la organización de actos.

h) Mantener actualizado tanto el fichero protocolar de las autoridades de todas las demás instituciones relacionadas como los antecedentes, disposiciones y documentos sobre ceremonial y demás referentes a la actividad protocolaria.

i) Velar por el cumplimiento estricto de las órdenes emanadas para la organización de un acto o ceremonia.

3. Secretaría General de Pleno, Oficina Junta de Gobierno, Intervención General y Asesoría Jurídica: las funciones reservadas a estos Órganos en los artículos 122, 5; 126 y 129 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local se ejercerán por sus respectivos titulares bajo la superior dirección y coordinación de la Alcaldía-Presidencia.

DISPOSICIONES FINALES

La Alcaldía ostentará la competencia para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de la presente disposición, pudiendo adoptar las resoluciones e instrucciones correspondientes para garantizar la efectividad de la misma.

De este decreto se dará traslado a los responsables de cada Órgano, Dirección, Jefatura de Servicio y Sección, así como al Departamento de Recursos Humanos que dispondrá lo necesario para acomodar a esta estructura la vigente Relación de puestos de trabajo.

El presente decreto surtirá efecto en el mismo momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, página web municipal: https://www.ssreyes.org/es/portal.do?IDM=47&NM=2 y tablón de edictos del Ayuntamiento.

Todos los nombramientos se entenderán aceptados, tácitamente, si en el término de tres días hábiles, contados desde la notificación, no se realiza manifestación expresa de no aceptación.

Transcurrido el indicado plazo, se dará cuenta al Pleno Corporativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

San Sebastián de los Reyes, a 29 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.

(03/11.596/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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