Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-96

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Nombramiento

Mediante decreto número 3368 de nombramiento de la Concejalía-Delegada de Obras y Servicios Públicos de 19 de junio de 2023, esta Alcaldía ha resuelto:

Nombrar concejal-delegado de Obras y Servicios Públicos a D. Julián Jesús Navacerrada Díaz.

Con independencia del alcance genérico de delegación en las Concejalías y sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, se delegan en la Concejalía-Delegada de Obras y Servicios Públicos, las competencias que le corresponden en esta materia a la señora alcaldesa y entre ellas las que se detallan:

Materias afectadas:

I. Vías Públicas y mantenimiento de la Ciudad.

II. Mantenimiento de edificios públicos.

El ámbito material de estas atribuciones es el que a continuación se expresa, a título enunciativo:

En el marco de las atribuciones delegadas ejercerá las siguientes funciones:

I. Vías Públicas y mantenimiento de la Ciudad:

a) Mantener, proteger, conservar, mejorar, restaurar y explotar, las infraestructuras y equipamientos en el viario público municipal ubicado en suelo urbano.

b) Diseñar, ejecutar y conservar las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana en coordinación con la Concejalía-Delegada de Movilidad.

c) Aplicar las competencias municipales en materia de saneamiento de aguas residuales en coordinación con la Concejalía-Delegada de Desarrollo Urbano.

d) Informar los planes de infraestructuras que afecten a las redes públicas.

e) Participar activamente en la planificación urbanística, especialmente en cuanto afecte a la localización de redes de infraestructuras.

II. Mantenimiento de edificios públicos, en general:

a) Dirigir la gestión energética municipal incluyendo la coordinación de las políticas de eficiencia energética de los diferentes Servicios Municipales y fomentando la eficiencia y la transición energética hacia un modelo sostenible mediante la implantación y el uso de energías renovables.

b) Proponer medidas de seguimiento y control de la gestión de instrumentos de planeamiento aprobados.

c) Gestión del mantenimiento y limpieza de edificios.

d) Mantener, proteger, conservar, mejorar y restaurar los edificios públicos e instalaciones municipales.

Medios personales:

Tal y como se ha previsto en el decreto de esta Alcaldía, número 3359, de 19 de junio de 2023, por el que se ha determinado la estructura de la Administración Municipal, la Concejalía-Delegada de Obras y Servicios Públicos ejercerá la superior autoridad sobre el personal de su Área, sin perjuicio de las competencias que en esta materia se delegan en el Área de Gobierno de Recursos Humanos y aquellas que ostenta la Alcaldía por mandato legal.

En este sentido, la Dirección General de Función pública comunicará, en un plazo no superior a dos días, los medios personales adscritos a cada Concejalía.

DISPOSICIONES FINALES

Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente decreto por órganos distintos de los competentes según el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente decreto.

El presente decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos pudiendo consultarse en la página web municipal:

https://www.ssreyes.org/es/portal.do?IDM=47&NM=2

Dándose cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

San Sebastián de los Reyes, a 29 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.

(03/11.606/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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