Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-98

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

98
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Nombramiento

Mediante decreto número 3369, de nombramiento de la Concejalía-Delegada de Seguridad y Emergencias, Turismo, Fiestas y Tradiciones Populares, Zonas Verdes, Movilidad y Transportes, de fecha 19 de junio de 2023, esta Alcaldía ha resuelto:

Nombrar concejal-delegado de Seguridad y Emergencias, Turismo, Fiestas y Tradiciones Populares, Parques y Jardines y Mantenimiento de Zonas Verdes, Movilidad y Transportes, a D. Carlos Bolarín Díaz.

Con independencia del alcance genérico de delegación en las Concejalías y sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, se delegan en la Concejalía-Delegada de Seguridad y Emergencias, Turismo, Fiestas y Tradiciones Populares, Zonas Verdes, Movilidad y Transportes. las competencias que le corresponden en esta materia a la señora alcaldesa y entre ellas las que se detallan:

Materias afectadas:

— Seguridad y emergencias:

I. Seguridad ciudadana.

II. Policía Local y Protección Civil.

III. Sanciones.

— Turismo, fiestas y tradiciones populares:

I. Turismo.

II. Fiestas y tradiciones de San Sebastián de los Reyes.

III. Organización de eventos. Relaciones institucionales y convenios.

— Movilidad y transportes:

I. Plan de Movilidad Urbana Sostenible.

II. Gestión de espacios públicos, ocupaciones.

III. Transportes y relaciones con el Consorcio Regional de Transportes

— Mantenimiento de Zonas Verdes Municipales.

El ámbito material de estas atribuciones es el que a continuación se expresa, de forma meramente enunciativa.

En el marco de las atribuciones delegadas ejercerá las siguientes funciones:

Seguridad y emergencias

I. Seguridad Ciudadana

a) Desarrollo de las políticas locales de Seguridad Ciudadana, ejerciendo las atribuciones conferidas al alcalde por la Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, incluyendo la de imponer las sanciones que para cada supuesto prevé la propia Ley Orgánica, siempre que estén atribuidas al alcalde.

b) Expedir, controlar y retirar las tarjetas de armas clasificadas en los artículos 3 y 105 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, así como ejercer la función sancionadora atribuida al alcalde en el citado reglamento.

II. Policía Local y Protección Civil

a) Dentro de la organización establecida por la Corporación, y bajo la superior dirección de Alcaldía, organizar y dirigir el Cuerpo de la Policía Local de San Sebastián de los Reyes.

b) Dirigir la agrupación de Voluntarios de Protección Civil.

c) Ejercer las atribuciones conferidas al alcalde por la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, excepto aquéllas que por sus propias características técnicas sean competencia y estén delegadas en otros servicios municipales.

d) Dirigir y regular las actuaciones de ordenación de tráfico a realizar por los efectivos de la Policía Local.

e) Colaborar en la gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente decreto se delegan, sin perjuicio de las integradas en la Delegación de Hacienda.

f) Determinación y mantenimiento de la señalización vertical y horizontal de tráfico así como de las instalaciones semafóricas y de control de tráfico y el balizamiento viario.

III. Sanciones

a) En este ámbito, se ejercerán las potestades sancionadoras por infracción de ley y de Ordenanzas y Reglamentos, siempre que esté atribuida al alcalde, con excepción de las correspondientes al área fiscal y de disciplina urbanística.

b) Incoar, tramitar y resolver los expedientes por infracción de las normas de tráfico y circulación, con la imposición de las sanciones a que, en su caso, hubiere lugar; el trámite y resolución de los recursos interpuestos en relación a las mismas; y, en general, todas las derivadas de la potestad sancionadora que se desprendan de la normativa sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y disposiciones concordantes, que correspondan a este Ayuntamiento y que por ley estén atribuidas al alcalde.

c) En las mismas condiciones, ejercitar la potestad sancionadora por infracciones de la Ordenanza de Movilidad y en todos los casos de incumplimiento de las restantes Ordenanzas y Reglamentos Municipales, con excepción de las Ordenanzas Fiscales.

d) Expedientes de vehículos en estado de abandono en vía pública.

Turismo, fiestas y tradiciones populares

I. Turismo (Oficina de información turística)

a) Promoción y programación de actividades relacionadas con actividades de la Oficina de Turismo.

b) Informar proyectos de otras Áreas que puedan redundar en las propias de la Oficina de Turismo.

c) Promover el proyecto de recreación histórica enmarcado en la fundación de la localidad, que lleve a nuestras calles los pasajes más importantes de la constitución de San Sebastián de los Reyes.

II. Fiestas y tradiciones de San Sebastián de los Reyes

a) Proponer los actos administrativos que resulten precisos en relación con las competencias municipales sobre Festejos.

b) Coordinar las actividades del área cuya prestación haya requerido la formalización de contratos de servicios.

c) Proponer la aprobación de las Bases de los certámenes, premios y concursos que tengan por objeto realzar algunos aspectos del ciclo festivo en honor del Santísimo Cristo de los Remedios u otros que puedan proponerse.

d) Gestionar, directamente o por contratista interpuesto, las adjudicaciones de puestos y demarcaciones de los recintos feriales, así como lo relativo a instalaciones de circos.

III. Organización de eventos. Relaciones institucionales y convenios

a) Proponer los contratos artísticos que se precisen en desarrollo del ciclo festivo y de otras manifestaciones tradicionales.

b) Supervisar el desarrollo de los servicios encomendados a terceros.

c) Coordinar las relaciones del Ayuntamiento con otras Administraciones Públicas con el objetivo de promocionar las actividades de la Concejalía.

d) Proponer convenios específicos que garanticen la financiación total o parcial de actividades complementarias a las propias de la Delegación.

Movilidad y transporte

I. Plan de Movilidad Urbana Sostenible

a) Desarrollar las acciones ejecutivas del Plan de Movilidad urbana sostenible (PMUS) que, como plan estratégico, propone las directrices y programas que sirven de base para planificar las acciones de movilidad en un impulso a tres años, pero con el horizonte y en los escenarios temporales marcados por la Agenda 2030.

b) Ordenar y regular mediante resolución, el uso y utilización de las vías públicas para la mayor compatibilidad entre vehículos y peatones, en coordinación con la Delegación de Seguridad Ciudadana y sin perjuicio de las potestades de uso del patrimonio atribuidas a la Delegación de Patrimonio.

c) Realizar estudios y análisis en orden a definir los criterios de equilibrio entre el tráfico rodado y el peatonal.

d) Mantener las debidas relaciones con entidades públicas o particulares que presten servicios o tengan competencias en materia de movilidad urbana —circulación y transportes— dentro del término municipal o afecten a las mismas.

e) Proponer la realización de las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana.

II. Gestión de espacios públicos, ocupaciones

a) Resolver las autorizaciones expresamente recogidas en la Ordenanza, referidas a la ocupación temporal de vías y espacios de uso público.

b) Colaborar en la gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente decreto se delegan, sin perjuicio de las integradas en la Delegación de Hacienda.

III. Transportes

a) Relaciones con el Consorcio Regional de Transportes.

b) Seguimiento de las instalaciones asociadas a los diferentes medios de transporte.

c) Supervisión de los servicios municipales de viajeros.

Mantenimiento de Zonas Verdes Municipales

a) Las competencias de la Alcaldía en relación con el Contrato del Servicio de conservación, mantenimiento y mejora de zonas verdes municipales, arbolado de alineación y mobiliario urbano de San Sebastián de los Reyes.

b) Gestionar y mantener las infraestructuras asociadas a los espacios verdes, incluidas las vías peatonales existentes en su interior.

c) Establecer las directrices generales de los servicios de conservación, mantenimiento y mejora de zonas verdes, así como la dirección y gestión de los mismos.

d) Inspección, control y vigilancia medioambiental de los parques y espacios verdes públicos.

e) Proponer la renovación o mejora de zonas verdes, y como tal, ejercer las funciones de responsable de contratos de mejora y/o renovación de zonas verdes

f) Servicio técnico en materia de zonas verdes y arbolado en expedientes de urbanismo, movilidad, patrimonio y demás departamentos municipales

g) Inspección y control de las actividades de todo tipo que se desarrollen en las zonas verdes de la vía pública, sin perjuicio de las competencias de las Concejalías Delegadas de Seguridad y emergencias y de Movilidad.

h) Informar los planes urbanísticos o proyectos de infraestructuras que afecten a la Infraestructura Verde.

i) Participar activamente en la planificación urbanística, especialmente, en cuanto afecte a la localización de servicios públicos, y lo relativo a la estrategia de la infraestructura verde, conectividad y restauración ecológica.

Medios personales

Tal y como se ha previsto en el decreto de esta Alcaldía, número 3359, de 19 de junio de 2023, por el que se ha determinado la estructura de la Administración Municipal, la Concejalía-Delegada de Seguridad y Emergencias, Turismo, Fiestas y Tradiciones Populares, Parques y Jardines y Mantenimiento de Zonas Verdes, Movilidad y Transportes, ejercerá la superior autoridad sobre el personal de su Área, sin perjuicio de las competencias que en esta materia se delegan en el Área de Gobierno de Recursos Humanos y aquellas que ostenta la Alcaldía por mandato legal.

En este sentido, la Dirección General de Función pública comunicará, en un plazo no superior a dos días, los medios personales adscritos a cada Concejalía.

DISPOSICIONES FINALES

Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente decreto por órganos distintos de los competentes según el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente decreto.

El presente decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos pudiendo consultarse en la página web municipal:

https://www.ssreyes.org/es/portal.do?IDM=47&NM=2

Dándose cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

San Sebastián de los Reyes, a 29 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.

(03/11.613/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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