Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230712-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de 10 de julio de 2023, de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 7 de julio de 2023 (Pto. 29), por el que se aprueba la convocatoria de premios de participación en los encierros taurinos 2023 de Fuenlabrada.

BDNS (Identif.): 707596

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero.—Podrán optar a este premio todas la entidades inscritas y debidamente actualizadas en el registro de entidades del Ayuntamiento de Fuenlabrada como peñas taurinas, que se encuentren debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada y al corriente de sus obligaciones tributarias.

No resultarán beneficiarios del premio aquellas asociaciones o entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida del Ayuntamiento de Fuenlabrada o sus organismos autónomos habiendo transcurrido el plazo para ello.

Segundo.—Para la obtención de este premio es necesario participar en los encierros taurinos, que se celebrarán los días 15, 16 y 17 de septiembre de 2023, a las 09:00 horas. El anuncio de la convocatoria se publicará en la Base Nacional de Subvenciones. No se aceptarán solicitudes entregadas después de esa fecha.

Si alguna solicitud no cumple los requisitos de la convocatoria o los documentos exigidos no se presentaran en su totalidad, cumplimentados íntegramente con todos los datos solicitados, se publicará un listado en la página web municipal con las asociaciones cuyas solicitudes hay que subsanar y se dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles para ello, con indicación de que si no lo hiciese se la tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto.—Para esta convocatoria se ha realizado una reserva de crédito en la partida 4051-338-48100, por importe de 3.000,00 euros. Se establece un premio de 250 euros para cada asociación que participe cumpliendo lo establecido en las presentes bases. Estos premios no están sujetos a la retención de IRPF dado que se trata de entidades con personalidad jurídica propia.

Quinto.—El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro General del Patronato Municipal de Cultura, en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros auxiliares, resultando necesario aportar la documentación descrita en el artículo 3 de las bases de la convocatoria.

Sexto.—El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

Cada uno de los dobladores inscritos deberá justificar su presencia al comienzo de cada encierro mediante la firma de la hoja de asistencia que se encontrará en cabecera del encierro. Para ello se presentará al inicio de cada encierro, entre las 8:15 horas y las 8:45 horas, debidamente preparado para su participación. Al comienzo de cada encierro se proveerá a los dobladores de una camiseta que les identificará durante la realización de la actividad. La no utilización de dicha camiseta por parte de los dobladores será causa de la pérdida del premio para la entidad a la que representan. Para la concesión del premio será obligatoria la adecuada participación en la actividad y la escrupulosa atención en todo momento a lo ordenado por la presidencia del encierro. La no participación en alguno de los tres encierros dará lugar a la pérdida del premio para la entidad a la que representan.

Fuenlabrada, a 10 de julio de 2023.—La alcaldesa en funciones, según Decreto 3950/2023, de 28 de junio, Mónica Sebastián Pérez.

(03/12.358/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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