Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230712-85

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

85
San Martín de la Vega. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del ROFRJ de las Entidades Locales, se hacen públicas las siguientes delegaciones genéricas y específicas, otorgadas por la Alcaldía a favor de concejales de la Corporación por decreto de 18 de junio de 2023:

“(…/…)

1.o Establecer que la organización municipal política del Ayuntamiento de San Martín de la Vega se estructura en:

a) Alcaldía-Presidencia, que ejercerá las funciones de Urbanismo y Agricultura, así como las funciones reservadas en el pronunciamiento segundo.

b) Área de Gobierno de Territorio, que se asigna al concejal señor Neira Nieto, que ejercerá las funciones de portavoz municipal, seguridad, obras y servicios al municipio de conformidad con el pronunciamiento indicado en el punto 3.o, así como, de acuerdo con las directrices establecidas por la Alcaldía la planificación, dirección y coordinación superiores de las Concejalías de Medio Ambiente, Sanidad Ambiental, Parques y Jardines, Cementerio y Transportes.

c) Área de Gobierno de Economía, que se asigna a la concejala señora Azuara Sereno, que ejercerá las funciones delegadas de portavoz adjunta, Hacienda, Contratación, Régimen Económico y Régimen Interior, de conformidad con el pronunciamiento indicado en el punto 4.o, así como, de acuerdo con las directrices establecidas por la Alcaldía, la coordinación superior en materia de planificación, dirección y coordinación superiores de las Concejalías en las siguientes materias: Recursos Humanos, informática y Nuevas Tecnologías.

d) Área de Gobierno de Ciudad Viva, que se asigna a la concejala señora Martínez Martínez, que ejercerá las funciones de concejala de Cultura, Mayores y Protección Civil, de conformidad con el pronunciamiento indicado en el punto 5.o, así como, de acuerdo con las directrices establecidas por la Alcaldía, la planificación, dirección y coordinación superiores de las Concejalías en las siguientes materias: Educación, Bienestar Social, Vivienda, Participación Ciudadana, Asociacionismo, Festejos, Deportes, Sanidad, Transporte, Voluntariado, Mujer, Juventud e Infancia.

e) Concejalía de Educación, Bienestar Social y Vivienda, designando como su titular al señor Pizarro Vinagre, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 6.o.

f) Concejalía de Empleo, Comercio y Turismo, designando como su titular a la concejala señora Ramírez Pérez, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 7.o.

g) Concejalía de Participación Ciudadana, Asociacionismo y Festejos, designando como su titular a la concejala señora Mena Núñez, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 8.o.

h) Concejalía de Recursos Humanos, Medio Ambiente, Parques y Jardines, Cementerio y Sanidad Ambiental, designando como su titular al señor Martínez Delgado, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 9.o.

i) Concejalía de Deportes, designando como su titular al señor Pleguezuelo Castro, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 10.o.

j) Concejalía de Sanidad, Transportes, Voluntariado, Mujer e Igualdad, designando como si titular a la concejala señora Gijón Sánchez, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 11.o.

k) Concejalía de Juventud e Infancia, designando como su titular a la concejala señora de Llanos Bustos, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 12.o.

l) Concejalía de Informática y Nuevas Tecnologías, designando como su titular al señor Asenjo Rodríguez, que ejercerá las competencias indicadas en el punto 13.o.

2.o Reservar a la Alcaldía, por su carácter indelegable o no por mandato legal, las siguientes funciones:

a) Con carácter general, la dirección del gobierno y la administración municipal; convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidiendo los empates con el voto de calidad; dictar bandos; y adoptar personalmente y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno.

b) En materia de personal, la jefatura superior de todo el personal y la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral.

c) En materia económica, la concertación de operaciones de crédito de competencia no plenaria y la resolución de discrepancias.

d) En materia revisora administrativa y judicial, la iniciativa para proponer al Pleno de la Corporación la declaración de lesividad en materias de la competencia de la Alcaldía; y el ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en materias de su competencia, delegadas o no y, en caso de urgencia, en materias de la competencia de Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre para su ratificación.

e) Urbanismo y ordenación del territorio, que comprende las actuaciones y los procedimientos relativos a planeamiento y gestión urbanísticos que no sean objeto de delegación en la Junta de Gobierno Local.

f) Nombramiento y cese del personal eventual.

g) Autorizar la celebración de matrimonios civiles.

h) Resolución de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación o revocación, incluida la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictados por la Alcaldía o los concejales/as-delegados/as.

i) La Alcaldía conservará las facultades de recibir información detallada de la gestión de las atribuciones delegadas y, en particular, previamente a la adopción de decisiones de trascendencia, así como de avocar, modificar o revocar las delegaciones en todo momento.

3.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de don Sergio Neira Nieto, del área de Territorio, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Policía Local y seguridad ciudadana, tráfico y movilidad.

— Potestad sancionadora general.

— Infraestructuras generales y obras.

— Proyectos técnicos de construcción.

— Servicios generales.

— Mantenimiento de redes de servicios existentes.

— Nuevas redes de servicios.

— Portavocía del Gobierno municipal.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

4.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de doña Sonia Azuara Sereno, del área de Economía, que abarcará tanto la facultad de dirección y gestión de los servicios correspondientes, como la facultad de resolver mediante actos administrativos de afecten a terceros en los términos que se dispone a continuación.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos a efectos de dirección y gestión, a efectos simplemente enumerativos son:

— Hacienda, presupuestos y recaudación.

— Patrimonio municipal.

— Archivo municipal.

— Responsabilidad patrimonial.

— Estadística y padrón.

— Contratación y, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la preparación de contratos del sector público en coordinación con las Concejalías de las distintas áreas.

— Transparencia y gobierno abierto.

— Portavoz adjunta del Gobierno municipal.

— Régimen Interior para la gestión de los servicios internos municipales.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

Se delega la facultad de dictar actos frente a terceros en las siguientes materias,

— La aprobación del Plan de Tesorería, del Plan de disposición de fondos y la ordenación de pagos.

— La autorización de los anticipos de caja fija y pagos a justificar, así como la aprobación, tras los trámites oportunos, de las cuentas justificativas de los mismos.

— Proponer la aprobación de operaciones de crédito.

— El reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos o disposiciones de gastos legalmente adquiridos, sin perjuicio de las facultades atribuidas en esta materia a otros órganos municipales.

— Aprobación de las actuaciones preparatorias de contratos administrativos.

— Liquidaciones tributarias y devolución de ingresos.

— Formalización de contratos administrativos y patrimoniales.

— Elaboración de proyectos relativos a la imposición, supresión y ordenación de los tributos municipales y precios públicos. Elevar al órgano competente para su aprobación los proyectos de ordenanzas de gestión, recaudación e inspección de ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos y precios públicos, su modificación o derogación.

— La ordenación material de pagos, de conformidad con el artículo 62 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

— Instrucción de los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la Administración atribuidos a la Alcaldía.

— Incoación de los expedientes de comprobación e investigación de situación tributaria.

5.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de doña María José Martínez Martínez, del área de Ciudad Viva, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Mayores y Centro municipal de jubilados.

— Cultura.

— Promoción de actividades culturales.

— Centro Cívico.

— Escuela de Música.

— Banda de Música.

— Auditorio municipal.

— Biblioteca municipal

— Protección Civil.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

6.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de don Javier Pizarro Vinagre, del área de Educación, Bienestar Social y Vivienda, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Servicios sociales.

— Centro de servicios sociales.

— Políticas de integración social.

— Educación.

— Colegios.

— Casa de niños.

— Escuela infantil.

— Educación para adultos.

7.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de doña Mireia Ramírez Pérez, de las áreas de Empleo, Comercio y Turismo, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Empleo y formación.

— Bolsa de Empleo municipal.

— Comercio.

— Industria.

— Desarrollo y campañas locales.

— Turismo.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

8.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de doña Vanesa Mena Núñez, de las áreas de Participación Ciudadana, Asociacionismo y Festejos, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Participación ciudadana.

— Asociacionismo.

— Festejos.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

9.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de don Miguel Ángel Martínez Delgado, de las áreas de Recursos Humanos, Medio Ambiente y Cementerio, que abarcará tanto la facultad de dirección y gestión de los servicios correspondientes, como la facultad de resolver mediante actos administrativos de afecten a terceros en los términos que se dispone a continuación.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos a efectos de dirección y gestión, a efectos simplemente enumerativos son:

— Recursos Humanos.

— Medio Ambiente.

— Parques y jardines.

— Sanidad ambiental.

— Cementerio municipal.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

Se delega la facultad de dictar actos frente a terceros en las siguientes materias:

— Resolución de expedientes relativos al cementerio municipal, relativos a concesiones.

— Resolución de solicitudes en cuanto a licencias y permisos del personal municipal.

— Contratación y nombramientos del personal municipal, laboral y funcionario.

— Autorización y disposición del gasto, así como reconocimiento de obligaciones en los expedientes en materia del personal atribuidos a la Alcaldía, salvo la relativa al abono de nómina.

— Gestión de la tramitación de prevención de riesgos laborales.

10.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de don Álvaro Pleguezuelo Castro, de las áreas de Deportes, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Deportes.

— Polideportivo municipal.

— Instalaciones deportivas.

— Escuelas y clubes deportivos.

— Piscinas.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

11.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de doña Isabel Gijón Sánchez, de las áreas de Sanidad, Transportes, Voluntariado, Mujer e Igualdad, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Sanidad y promoción de la salud.

— Consumo.

— Transportes.

— Voluntariado.

— Mujer.

— Igualdad.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

12.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de doña Paula de Llanos Bustos, de las áreas de Juventud e Infancia, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Juventud.

— Infancia.

— Centro de información y documentación juvenil.

— Promoción de actividades juveniles.

— Casa de la Juventud.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

13.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de don David Asenjo Rodríguez, de las áreas de Nuevas Tecnologías e Informática, que abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente enumerativos son:

— Nuevas tecnologías.

— Informática municipal.

— Modernización de la administración.

— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.

14.o Notificar el presente decreto a los interesados, comunicándoles que disponen de un plazo de tres días para presentar, en su caso, por escrito, la no aceptación de las delegaciones efectuadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. De no presentar la no aceptación de las delegaciones en el plazo citado, se entenderá que las mismas son aceptadas.

15.o Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente resolución, así como en el tablón de anuncios municipal y Portal de Transparencia, sin perjuicio de que surta efectos desde el día siguiente a su firma.

16.o En los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular de la Concejalía-Delegada, las funciones que hayan sido delegadas se ejercerán directamente por la Alcaldía-Presidencia como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de nueva resolución expresa.

17.o Dar cuenta al Pleno municipal en la primera sesión que este celebre de la presente resolución”.

San Martín de la Vega, a 29 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(03/11.766/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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