Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230712-93

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

93
Torrejón de la Calzada. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

“Resolución de Alcaldía

D. David Blázquez Baos, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, en virtud de las atribuciones que me confieren las disposiciones vigentes y considerando:

Visto el decreto de Alcaldía número 2023-0947 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local, he resuelto:

Primero.—Avocar la competencia asumida por la Junta de Gobierno Local en materia de urbanismo, en relación a las declaraciones responsables, de modo que sean resueltas al igual que las licencias y los demás asuntos correspondientes a dicha área, por el concejal de obras.

Segundo.—De esta resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre y se notificará a los miembros de la Junta de Gobierno Local a los efectos de su aplicación y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde su fecha.

Tercero.—Este acto tendrá eficacia desde el día de la fecha.

En Torrejón de la Calzada, a 29 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, David Blázquez Baos.—Doy fe, la secretaria general, Cristina Raya Pérez”.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Torrejón de la Calzada, a 30 de junio de 2023.—La secretaria general, Cristina Raya Pérez.

(03/11.670/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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