Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2023

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230717-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEOLMOS-ALALPARDO

RÉGIMEN ECONÓMICO

77
Valdeolmos-Alalpardo. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

Con fecha de 5 de julio de 2023 el Pleno de la Corporación ha acordado los miembros de la Corporación que desempeñarán su cargo en régimen de dedicación exclusiva, en el sentido que se indica a continuación, y en cumplimiento de la legislación vigente se hace público:

Primero.—Determinar que el cargo de alcalde-presidente realice sus funciones en régimen de dedicación exclusiva.

Segundo.—Establecer a favor del alcalde-presidente una retribución anual bruta igual a lo establecido en el artículo 75 bis de la Ley 7/1985, según la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local con el límite que se prevea anualmente para las retribuciones en el ámbito del sector público. Actualmente, para el ejercicio de 2023 será de 46.464,02 euros, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda. Dichas retribuciones se actualizarán cada año en la cuantía que se establezca en la LPGE para los funcionarios, siempre que no se superen los límites máximos retributivos del artículo 75 bis de la LRBRL.

Tercero.—El resto de concejales de la Corporación, que no desempeñen sus puestos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial, percibirán indemnizaciones por asistencias a las sesiones de los órganos colegiados de los que formen parte y por celebración de bodas con la siguiente cuantía:

— Por asistencia a Pleno: 200 euros brutos/sesión.

— Por asistencia a las bodas:150 euros brutos/boda.

Cuarto.—Este acuerdo deja sin efecto y sustituye el tomado por el Pleno en la sesión de 26 de junio de 2019, en lo referente al régimen de dedicaciones exclusivas y al importe de las cantidades a percibir por asistencia a sesiones de órganos colegiados.

Quinto.—Este acuerdo será hecho público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la Sede electrónica municipal.

Alalpardo, a 6 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Medranda Rivas.

(03/12.082/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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