Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2023

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230719-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

67
Navalcarnero. Urbanismo. Convenio urbanístico

Que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Navalcarnero, en sesión ordinaria celebrada con fecha 28 de junio de 2023, acordó aprobar inicialmente el texto del convenio urbanístico para la ejecución de la antigua Unidad de Ejecución número 13, del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Navalcarnero, suscrito entre la mencionada corporación local y D. José Alonso Varona, D.a Emilia Pasero Quintana, D. Juan Mejías Cardeña, D. Jaime Mejías Cardeña, D.a María Mejías Cardeña, D.a Rosa María Maroto Pasero, D.a Emilia Maroto Pasero, D. Carlos Maroto Pasero, D. Eduardo Vicente Maroto Pasero y las entidades mercantiles Construcciones Navalcarnero Comaf, S. L. y Mejías Cardeña 2004, S. L.

De conformidad con el artículo 247.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 25.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, el presente expediente administrativo se somete al trámite de información pública durante el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo, el texto inicial del convenio urbanístico podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento.

Navalcarnero, a 30 de junio de 2023.—El alcalde-acctal., Juan Santos Benito Rodríguez.

(02/11.874/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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