Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230721-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINILLA DEL VALLE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Pinilla del Valle. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

Mediante el presente anuncio se da publicidad, para general conocimiento, del Acuerdo adoptado por el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de julio de 2023, que literalmente dice:

“Visto lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local 3. Sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma. 4. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas y las que en desarrollo de las mismas apruebe el PlenoCorporativo.

El Pleno, con el voto a favor de las 4 concejalas del Grupo Municipal PSOE y el voto en contra del Grupo Municipal Ciudadanos en lo referido exclusivamente al punto segundo,

ACUERDA

Primero.—Aprobar asistencias para las concejalas y el concejal a reuniones con organismos oficiales y en órganos colegiados a los que pertenezca el Ayuntamiento, por un importe de 50 euros, excepto para el cargo de teniente de alcaldesa.

Segundo.—Aprobar asistencias para las concejalas y el concejal a las sesiones plenaria del Ayuntamiento de Pinilla del Valle, por un importe de 70 euros, excepto para el cargo de teniente de alcaldesa.

Tercero.—Aprobar indemnización de acuerdo con el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y normativa concordante, para gastos de desplazamiento, manutención, etc, que tengan lugar como consecuencia de gestiones municipales distintas de las anteriores.

Cuarto.—Los gastos anteriores deberán quedar debidamente acreditados y serán fiscalizados y aprobados según la legislación vigente.

Quinto.—Publicar el contenido de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento, para general conocimiento”.

En Pinilla del Valle, a 5 de julio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María de Mar Fernández García.

(03/12.345/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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