Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230725-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

32
Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia 3681/2023, de 6 de julio, se ha procedido a la delegación de las Presidencias de las Comisiones del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, así como a la designación de sus suplentes, de acuerdo con el siguiente detalle:

Comisión Permanente del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano:

— Presidencia: D.a Cristina Alcañiz Arlandis.

— Suplencia: D. Víctor Manuel Acosta Hernández.

Comisión Permanente del Área de Cultura, Bienestar Social y Servicios Públicos:

— Presidencia: D.a Isabel Ruiz Maldonado.

— Suplencia: D. Santiago Alonso Nuevo.

Comisión Permanente del Área de Gobierno de Hacienda y Gestión Institucional:

— Presidencia: D. Gustavo Severien Tigeras.

— Suplencia: D.a Orlena María de Miguel Muñoz.

Comisión Especial Permanente de Cuentas:

— Presidencia: D. Gustavo Severien Tigeras.

— Suplencia: D.a Orlena María de Miguel Muñoz.

Comisión Especial Permanente de Seguimiento y Control:

— Presidencia: D.a Esther de Andrés Domínguez.

— Suplencia: D.a Isabel Ruiz Maldonado.

Comisión Especial Permanente de Sugerencias y Reclamaciones:

— Presidencia: D. Antonio Saldaña Moreno.

— Suplencia: D.a Esther de Andrés Domínguez.

Lo que se hace público a los efectos de los artículos 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 120.3 del Reglamento Orgánico Municipal.

Alcalá de Henares, a 7 de julio de 2023.—El secretario titular del O. A. de la Junta de Gobierno Local y de la Asesoría Jurídica, Ángel de la Casa Monge.

(03/12.271/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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