Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
02-08-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230802-71

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

71
San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Régimen retribuciones

En la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el 22 de junio de 2023, se adoptaron los siguientes acuerdos, de conformidad con las propuestas formuladas por la Alcaldía-Presidencia, cuyo tenor literal es:

“Don Francisco Javier Corpa Rubio, en calidad de alcalde-presidente del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, de conformidad con el artículo 97.2 del ROF, presenta al Pleno municipal para su aprobación la siguiente proposición sobre la aprobación de cuantía económica y remuneración de los miembros de la Corporación.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 75, párrafo 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley de Bases de Régimen Local, regula el régimen de retribuciones e indemnizaciones de los miembros de las Corporaciones locales, que determina que los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación parcial o exclusiva.

El párrafo 4 del artículo 13, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, establece que el Pleno de la Corporación determinará dentro de la consignación global contenida a tal fin en el presupuesto, la relación de cargos de la Corporación que podrá desempeñar en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como la cuantía que corresponda a cada uno de ellos en atención a su responsabilidad.

Teniendo en consideración los diversos nombramientos realizados por esta Alcaldía como concejales-delegados, así como lo establecido en el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar la retribución de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva de la siguiente manera:

— Alcalde: 47.800 euros brutos/año.

— Tenientes de alcalde: 44.000 euros brutos/año.

— Concejales/as: 43.000 euros brutos/año.

Sin perjuicio de que, en caso de las actualizaciones que, por la legislación vigente aplicable, o mediante mandato legislativo por medio de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se llegaran a producir.

Segundo.—Aprobar la dedicación exclusiva de los siguientes miembros de la Corporación, en función del cargo que ostenten, en función de la cuantía del punto anterior.

— Francisco Javier Carpa Rubio.

— Leticia Martín García.

— María Guadalupe Piñas García.

— Cristina Cepeda Serna.

— Mariano Sánchez Menéndez.

— Silvia Buabent Vallejo.

— Alejandra Serrano Fernández.

— Carolina Gómez García.

Tercero.—Aprobar la retribución de los miembros de la Corporación, con dedicación parcial del 50 por 100 de jornada de trabajo en el Ayuntamiento, que asciende a 21.500 euros brutos/año.

Cuarto.—Aprobar la dedicación parcial del 50 por 100 de jornada de trabajo en el Ayuntamiento del concejal D. Santos Rozalén Rodríguez.

En San Fernando de Henares, a 19 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio”.

“Don Francisco Javier Corpa Rubio, en calidad de alcalde-presidente del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, de conformidad con el artículo 97.2 del R. O. F., presenta al Pleno municipal para su aprobación la siguiente proposición sobre asignación económica a grupos municipales y concejales sin dedicación exclusiva.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 75, párrafo 3, de la Ley de Bases de Régimen Local, dice que los miembros de las Corporaciones locales podrán recibir las indemnizaciones en la cuantía y condiciones que acuerde el Pleno de la Corporación. A tal fin, se está igualmente a lo dispuesto en los artículos 45.2 y 45.3 de las bases de ejecución del presupuesto.

El apartado 3.2 del artículo 73 de la Ley de Bases de Régimen Local, establece que el Pleno de la Corporación con cargo a los presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites que en su caso se establezcan en las Leyes de Presupuestos Generales de Estado. Sin que puedan destinarse a pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.

Teniendo en consideración lo anteriormente expuesto, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar la asignación a los grupos políticos PSOE, PP y mixto (si lo hubiere), se les abonará con carácter fijo la cantidad de 200 euros/mes, y en concepto de variable por cada concejal/a electo/a la cantidad de 350 euros/mes, pagaderas en doce mensualidades y que serán percibidas por el grupo municipal.

Segundo.—Aprobar las indemnizaciones a los concejales sin dedicación exclusiva o parcial las cuales serán abonados mensualmente en concepto de dietas por asistencia. Las cantidades a abonar serán siguientes: 300 euros por asistencia a Plenos y 150 euros en concepto de dieta por asistencia a comisiones informativas. La presidencia de las distintas comisiones se abonará en concepto de dieta por asistencia de 450 euros, cuando sea ostentada por un concejal/a sin dedicación exclusiva o parcial.

En San Fernando de Henares, a 19 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio”.

“Don Francisco Javier Corpa Rubio, en calidad de alcalde-presidente del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, de conformidad con el artículo 97.2 del ROF, presenta al Pleno municipal para su aprobación la siguiente proposición sobre la aprobación de cuantía económica y remuneración del personal eventual.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.1 de la Ley de Bases de Régimen Local en relación con lo dispuesto en el apartado i) del artículo 22 de ese mismo cuerpo legal, el número de características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de la Corporación al comienzo de su mandato.

Constituido el nuevo Ayuntamiento en sesión celebrada el 17 de junio de 2023, esta Alcaldía-Presidencia, propone al Pleno de la Corporación la aprobación de la siguiente relación de personal eventual, con las características y retribuciones correspondientes:

Jefe/a gabinete de Alcaldía y de Prensa.

• Funciones: Organización de la agenda de Alcaldía, coordinación de eventos y actos públicos con las áreas, agenda de participación del Equipo de Gobierno.

• Coordinar la comunicación municipal de las diferentes áreas, del Equipo de Gobierno y gestión de las redes sociales corporativas.

• Retribución: 44.000 euros brutos/año.

Asesor/a del área de Planificación de la Ciudad.

• Funciones: Asesoría y apoyo al concejal/a en las cuestiones relativas a Urbanismo e Industria.

• Retribución: 53.000 euros brutos/año.

Asesor/a jurídica del Equipo de Gobierno.

• Funciones: Asesoría jurídica del Equipo de Gobierno. En ningún caso podrá representar al Ayuntamiento en los litigios municipales.

• Retribución: 53.000 euros brutos/año.

Asesor/a de Alcaldía.

• Funciones: Asesoría y apoyo especial al alcalde/sa.

• Retribución: 43.000 euros brutos/año.

Asesor/a de Áreas municipales.

• Funciones: Asesoría y apoyo especial a concejales/as y el equipo de gobierno de las diferentes Áreas municipales.

• Retribución: 43.000 euros brutos/año.

Asesor/a auxiliar de Comunicación.

• Funciones: Asesoramiento especial y apoyo al equipo de gobierno en Comunicación.

• Retribución: 35.000 euros brutos/año.

Asesor/a auxiliar de Protocolo.

• Funciones: Asesoramiento especial y apoyo al Equipo de Gobierno en Protocolo.

• Retribución: 35.000 euros brutos/año.

Dichas retribuciones se podrán ver incrementadas anualmente en el porcentaje señalado para el personal de la Administración según la Ley General Presupuestaria de cada ejercicio y siempre cumpliendo lo señalado en la Ley 27/2013 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

En San Fernando de Henares, a 19 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio”.

San Fernando de Henares, a 20 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio.

(03/13.094/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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