Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
04-08-2023

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230804-72

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

72
Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

Que en la sesión celebrada el 5 de julio de 2023, por el Pleno del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, se adoptó el siguiente acuerdo:

“7. Determinación de los cargos con dedicación exclusiva total o parcial.

La propuesta que presenta al Pleno con el siguiente tenor literal: Se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Determinar que los cargos relacionados seguidamente desarrollaran sus funciones en régimen de dedicación parcial y total de acuerdo a los siguientes motivos:

Según Decreto 2023/2163, en el que se determinan las competencias que ostentan las distintas concejalías, y según las materias que se indican, se establecen tres supuestos de dedicación exclusiva, con una presencia efectiva equivalente a la jornada laboral completa.

Segundo.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva total las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y los dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

De conformidad con lo estipulado en la disposición adicional 27 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023:

— El cargo de Alcaldía, percibirá una retribución bruta anual de 46.016,19 euros (cuarenta y seis mil dieciséis euros con diecinueve céntimos).

— El cargo de Concejalía de Seguridad Ciudadana y Convivencia/Mantenimiento de Ciudad y PIR, percibirá una retribución bruta anual de 41.879,42 euros (cuarenta y un mil ochocientos setenta y nueve euros con cuarenta y dos céntimos).

— El cargo de Concejalía de Recursos Humanos/Educación/Modernización, Administración Electrónica y Fondos Europeos percibirá una retribución bruta anual de 41.879,42 euros (cuarenta y un mil ochocientos setenta y nueve euros con cuarenta y dos céntimos).

— El cargo de Concejalía de Deportes, Actividades Saludables/Infancia y Juventud percibirá una retribución bruta anual de 31.409,56 euros (treinta y un mil cuatrocientos nueve euros con cincuenta y seis céntimos).

— El cargo de Concejalía de Hacienda y Contratación/Organización y Coordinación de Áreas Municipales/Igualdad y Diversidad percibirá una retribución bruta anual de 31.409,56 euros (treinta y un mil cuatrocientos nueve euros con cincuenta y seis céntimos).

— El cargo de Concejalía de Medio Ambiente, Sanidad Consumo y Transición Ecológica/Participación Ciudadana percibirá una retribución bruta anual de 31.409,56 euros (treinta y un mil cuatrocientos nueve euros con cincuenta y seis céntimos).

— El cargo de Concejalía de Vivienda, Planificación, Transición Energética y Proyectos de Ciudad/Área de Festejos percibirá una retribución bruta anual de 16.751,77 euros (dieciséis mil setecientos cincuenta y un mil euros con setenta y siete céntimos).

— El cargo Concejalía de Desarrollo Local, Empleo y Comercio/Movilidad percibirá una retribución bruta anual de 16.751,77 euros (dieciséis mil setecientos cincuenta y un mil euros con setenta y siete céntimos).

— El cargo de Concejalía de Cultura y Servicios Sociales percibirá una retribución bruta anual de 16.751,77 euros (dieciséis mil setecientos cincuenta y un mil euros con setenta y siete céntimos).

Tercero.—Dichas cuantías experimentarán anualmente de forma automática el aumento previsto para las retribuciones de los empleados públicos en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado sin que puedan superarse los límites fijados en el régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales por el mismo texto normativo.

Cuarto.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma íntegra el acuerdo plenario, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.

En atención a lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento acuerda por mayoría (9 votos a favor y 8 votos en contra) de los señores concejales asistentes, con los siguientes votos:

— Favorables: del grupo municipal del PSOE (7), y del grupo municipal de Más Madrid (2).

— En contra: del Grupo Municipal del PP (4), del grupo municipal de HNAC (2) y del grupo municipal de Vox (2).

— Abstenciones: Primero.—Aprobar la propuesta en los términos en los que se encuentra redactado”.

Velilla de San Antonio, a 25 de julio de 2023.—El primer teniente de Alcaldía, Rodrigo Morales Sánchez.

(03/13.272/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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