Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2023

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230808-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 27 de julio de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara la ampliación, por importe de 8.000.000,00 de euros, del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa de subvenciones de la línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, para el año 2023.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Al amparo de esta norma, mediante Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se ha procedido a la aprobación de las normas reguladoras y se ha establecido el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

A través de este acuerdo se establecen un total de seis líneas de subvención, entre las que se encuentra la línea de incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.

Mediante Orden de 28 de diciembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se declara el crédito presupuestario disponible, por importe de 14.500.000 euros para la concesión directa de subvenciones, en el año 2023, de la Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Habiéndose constatado que el crédito autorizado para esta línea de incentivos es insuficiente teniendo en cuenta el número de solicitudes presentadas y existiendo disponibilidad presupuestaria que permite aumentar el crédito disponible, se ha aprobado una ampliación de crédito por importe de 8.000.000 de euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.4 del Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,

RESUELVO

Primero

Declarar la ampliación, por importe de 8.000.000,00 de euros, del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa de subvenciones de la línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, para el año 2023.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo, del programa presupuestario 241M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023.

El crédito presupuestario de 8.000.000,00 de euros procede íntegramente del Estado con cargo a la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las comunidades autónomas en el año 2023, aprobada en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, celebrada el día 28 de abril de 2023.

Madrid, a 27 de julio de 2023.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/13.665/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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