Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2023

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230810-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

7
RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.a) establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco”. Este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería, se inicia el procedimiento establecido en la base sexta de la convocatoria, quedando constatada la situación de jubilación de tres aspirantes.

Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación, que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia al interesado carece de efecto invalidante cuando tal omisión no produce indefensión real material.

En los casos que se indican en esta resolución ha quedado acreditado por el Servicio Madrileño de Salud el pase a la situación de jubilación de varias aspirantes inscritas en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base sexta de la convocatoria no produce indefensión real material.

Verificada la situación de jubilación de estas aspirantes, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de su exclusión del proceso selectivo.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 10 del Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 15 de junio de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), de las siguientes aspirantes, por no cumplir el requisito exigido en la base 2.1.a) de la convocatoria “Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco”, en relación con lo establecido en la base 2.2, “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, las interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de Consejería de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurs...

Madrid, a 27 de julio de 2023.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.

(03/13.668/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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