Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
11-08-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230811-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

URBANISMO

33
Alpedrete. Urbanismo. Plan general

El Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión extraordinaria de 20 de julio de 2023, ha adoptado acuerdo aprobando inicialmente el instrumento de ordenación urbanística “Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Alpedrete”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se ordena la apertura de un período de exposición pública por plazo de cuarenta y cinco días para que los interesados puedan presentar cuantas alegaciones o sugerencias consideren oportunas al acuerdo de aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana de Alpedrete, mediante la exposición pública de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad y en el tablón de edictos municipal.

El expediente completo estará a disposición del público en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Alpedrete, en horario de atención al público (de 9:00 a 14:00 horas), así como en la página web municipal, a través de la URL: https://www.alpedrete.es/

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 bis y 70 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la aprobación inicial del Plan conlleva, por sí sola, la suspensión de licencias urbanísticas y efectos de declaraciones responsables en todo el ámbito territorial afectado por sus determinaciones, cuando los actos de edificación o uso de suelo resultaren incompatibles con la ordenación propuesta.

Se exceptúan del régimen de suspensión las declaraciones responsables de ocupación de viviendas y declaraciones o licencias de puesta en funcionamiento de actividades, siempre que, en ambos casos, los actos de edificación o uso del suelo estuvieran amparados por título urbanístico habilitante anterior a la aprobación inicial del Plan General.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Alpedrete, a 27 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/13.785/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230811-33