Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2023

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230814-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

13
ORDEN 1197/2023, de 28 de julio, de la Consejera de Sanidad, por el la que se declara de compra centralizada el servicio de mantenimiento de equipos electromédicos de los centros sanitarios de atención especializada adscritos al Servicio Madrileño de Salud (5 lotes).

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de abril de 2003), podrán ser objeto de contratación centralizada aquellos bienes y servicios cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Comunidad.

El apartado segundo del citado artículo dispone que cuando se trate de bienes y servicios de utilización específica por los órganos, centros o servicios de una determinada Consejería, o adscritos a la misma, compete al Consejero respectivo declarar la uniformidad, previo informe de la Dirección General de Patrimonio (actualmente Dirección General de Patrimonio y Contratación).

La tecnología sanitaria y, más concretamente el equipamiento electromédico, es vital para la práctica sanitaria a todos los niveles siendo, por tanto, elemento imprescindible para garantizar una adecuada asistencia a los pacientes. El Sistema Público de Salud en general, y más concretamente el Servicio Madrileño de Salud, han apostado por la externalización de su mantenimiento en las últimas décadas, de tal manera que, los centros sanitarios no disponen de plantilla de personal propio con la cualificación adecuada para ello, ni existen planes para cambiar esta situación.

Los hospitales han venido contratando hasta la fecha el mantenimiento del equipamiento electromédico, según las necesidades específicas de cada momento y los criterios puntuales a juicio de cada equipo gestor. Ello ha implicado que, a lo largo de los años, los diferentes pliegos de cada centro hospitalario han ido divergiendo, hasta el punto de que existen significativas diferencias entre ellos, tanto económicas, debido a diferencias sustanciales en el planteamiento técnico-económico de los mismos, como de planteamiento de control y seguimiento de los diferentes contratos.

En este sentido la Consejería de Sanidad, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud, y conforme a lo dispuesto en los artículos 3.5, 32, 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril propone la contratación centralizada en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud, del servicio de mantenimiento de equipos electromédicos de los centros sanitarios de atención especializada adscritos al Servicio Madrileño de Salud (5 lotes), a adjudicar mediante procedimiento abierto con pluralidad de criterios.

Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.5 del mismo Reglamento, la competencia para celebrar los contratos corresponde al titular de la Consejería o al órgano que se determine en la declaración de uniformidad.

Por todo lo expuesto, al amparo de lo previsto en los artículos 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, visto el informe favorable de la Dirección General de Patrimonio y Contratación de 21 de julio de 2023,

DISPONGO

Primero

Declarar la uniformidad y gestión centralizada de la contratación del “Servicio de mantenimiento de equipos electromédicos de los centros sanitarios de atención especializada adscritos al Servicio Madrileño de Salud (5 lotes)” con el siguiente alcance y ámbito:

Segundo

Designar como órgano de contratación al Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.f) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, y el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Tercero

La contratación del servicio objeto de gestión centralizada se llevará a cabo mediante un procedimiento abierto con pluralidad de criterios de conformidad con 131 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/2023/UE y 2014/2024/UE, de 26 de febrero de 2014.

Cuarto

Lo dispuesto en esta Orden será de aplicación a todos los centros sanitarios, adscritos al Servicio Madrileño de Salud, recogidos en el dispongo primero de la presente Orden.

Madrid, a 28 de julio de 2023.

La Consejera de Sanidad, FÁTIMA MATUTE TERESA

(03/13.669/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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