Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
17-08-2023

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230817-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Navacerrada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión extraordinaria celebrada el 6 de julio de 2023, acordó delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:

Mantener la delegación de atribuciones del Pleno en la Junta de Gobierno Local, conforme a lo acordado por el Pleno en sesión de 7 de agosto de 2019. Expresamente las siguientes:

1. Todas las enumeradas en los apartados j), k), m) y ñ) del artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

2. Todas las competencias atribuidas al Pleno en el apartado 2 de la disposición adicional segunda y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

3. La solicitud de subvenciones y ayudas a las Corporaciones Locales que se convoquen, mediante publicación en cualquier boletín oficial o por cualquier otro medio, y que requieran acuerdo del Ayuntamiento o de su Pleno.

4. La resolución de los recursos que pudieran interponerse contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de las atribuciones delegadas.

Navacerrada, a 1 de agosto de 2023.—El alcalde, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.

(03/13.983/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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