Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
17-08-2023

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230817-7

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

7
ORDEN 2935/2023, de 7 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autorizan enseñanzas en centros públicos de educación secundaria, a partir del curso 2023-2024.

A fin de completar la oferta de las enseñanzas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, concretar la oferta educativa de los centros en relación con la enseñanza semipresencial y la educación a distancia para las personas adultas en la Comunidad de Madrid y optimizar los recursos para la mejora de la calidad de las enseñanzas ofertadas en los mismos, se hace necesario modificar, a partir del curso escolar 2023-2024, la oferta educativa de los centros que se relacionan en los anexos que se adjuntan y de aquellos centros que estando autorizados a impartir la oferta específica para las personas adultas en el régimen nocturno y en el de distancia ahora deben sustituirlos por la enseñanza semipresencial y la educación a distancia de la nueva oferta específica para las personas adultas contemplada en la Orden 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid, todo ello respetando lo establecido en la normativa que regula las respectivas enseñanzas.

De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275 de 18 de noviembre), en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Objeto y ámbito de aplicación

La presente Orden tiene por objeto autorizar la implantación de enseñanzas de Bachillerato, tanto en régimen ordinario como en la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas, en los centros docentes públicos de Educación Secundaria en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Autorización de enseñanzas

1. Se autoriza a los institutos de Educación Secundaria que tenían autorizada en el curso 2022-2023, en régimen a distancia, la modalidad de Bachillerato de Ciencias, regulada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, a impartir a partir del curso 2023-2024 y a través de la educación a distancia del Bachillerato para las personas adultas, la nueva modalidad de Ciencias y Tecnología, prevista en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, de la Comunidad de Madrid y de acuerdo a la Orden 2034/2023, de 9 de junio.

2. Se autoriza a los institutos de Educación Secundaria que tenían autorizada, en el curso 2022-2023, en régimen a distancia, la modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, regulada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, a impartir a partir del curso 2023-2024 y a través de la educación a distancia del Bachillerato para las personas adultas, la nueva modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, prevista en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, de la Comunidad de Madrid y de acuerdo a la Orden 2034/2023, de 9 de junio.

3. Se autoriza a los institutos de Educación Secundaria que tenían autorizada, en el curso 2022-2023, en régimen nocturno, la modalidad de Bachillerato de Ciencias, regulada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, a impartir a partir del curso 2023-2024 y a través de la enseñanza semipresencial del Bachillerato para las personas adultas, la nueva modalidad de Ciencias y Tecnología, prevista en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, de la Comunidad de Madrid y de acuerdo a la Orden 2034/2023, de 9 de junio.

4. Se autoriza a los institutos de Educación Secundaria que tenían autorizada, en el curso 2022-2023, en régimen nocturno, la modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, regulada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, a impartir a partir del curso 2023-2024 y a través de la enseñanza semipresencial del Bachillerato para las personas adultas, la nueva modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, prevista en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, de la Comunidad de Madrid y de acuerdo a la Orden 2034/2023, de 9 de junio.

5. Se autoriza a los institutos de Educación Secundaria que tenían autorizada, en el curso 2022-2023, en régimen nocturno, la modalidad de Bachillerato de Artes, regulada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, a impartir a partir del curso 2023-2024 y a través de la enseñanza semipresencial del Bachillerato para las personas adultas, la nueva modalidad de Artes, vía Artes Plásticas, Imagen y Diseño, según se detalla en el Anexo I, prevista en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, de la Comunidad de Madrid y de acuerdo a la Orden 2034/2023, de 9 de junio.

6. Se autoriza a los centros que se relacionan en el Anexo II a implantar las enseñanzas que se detallan en el mismo, a partir del curso 2023-2024.

Tercero

Puesta en funcionamiento

La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden queda condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnado matriculado, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicta la Administración educativa.

Cuarto

Habilitación

Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para adoptar las instrucciones necesarias y las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

Quinto

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos a partir del curso 2023-2024.

Madrid, a 7 de agosto de 2023.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), la Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, María Luz Rodríguez de Llera Tejeda.

(03/14.091/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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