Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
18-08-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230818-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHINCHÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Chinchón. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el 27 de julio de 2023, adoptó la modificación de ordenanzas que se detalla:

Ordenanza fiscal número 19, reguladora para la determinación de la cuota del impuesto de bienes inmuebles:

“Artículo 2. Determinación de la cuota.—El tipo de gravamen sobre bienes inmuebles queda fijado en los términos siguientes:

— Determinación del impuesto: IBI de naturaleza urbana.

— Base liquidable: valor catastral.

— Cuota: 0,712%.

Se somete el presente acuerdo a exposición pública, por un período de treinta días hábiles, mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De no producirse estas alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. y la ordenanza entrará en vigor a los quince días, a contar desde el día siguiente a su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local.

Chinchón, a 7 de agosto de 2023.—El alcalde, Juan Antonio Vega Expósito.

(03/14.065/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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