Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
25-08-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230825-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

OFERTAS DE EMPLEO

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Colmenar Viejo. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

El Ayuntamiento de Colmenar Viejo habida cuenta de la situación existente en el cuerpo de la Policía Local y dada la urgente necesidad, pretende ocupar una plaza vacante mediante comisión de servicios.

Los agentes de Policía que quieran participar en el proceso deberán presentar la solicitud en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto a la solicitud que comprenderá los datos personales, se adjuntará el curriculum en el que se indicará situación, ayuntamiento de procedencia, años de servicio activo y cualquier dato de interés relativo a la plaza a ocupar. Tales como experiencia profesional, cursos, menciones, titulaciones académicas, formación especializada, etc.

El plazo de presentación de instancias y la documentación requerida, deberá realizarse en el Registro General del Ayuntamiento utilizando el modelo normalizado, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los sucesivos anuncios referentes a la misma se harán públicos en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.

El nombramiento se efectuará por la primera teniente de alcalde a propuesta del concejal de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Protección Civil, previo informe del Departamento.

Colmenar Viejo, a 11 de agosto de 2023.—La primera teniente de alcalde, Belén Colmenarejo Collado.

(03/14.338/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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