Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
25-08-2023

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230825-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2023, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” en internet, del “Contrato de arrendamiento del inmueble sito en la avenida Comunidad de Madrid, número 91, chalet 12, del municipio de San Martín de la Vega (Madrid), para albergar la sede de la Comarca VIII del Cuerpo de Agentes Forestales”.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Patrimonio y Contratación. Subdirección General de Patrimonio.

c) Número de expediente: A-CT/3079/2023.

d) Dirección de internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ( http://www.madrid.org/contratospublicos ).

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: Patrimonial.

b) Descripción: Contrato de arrendamiento del inmueble sito en la avenida Comunidad de Madrid, número 91, chalet 12, del municipio de San Martín de la Vega (Madrid), para albergar la sede de la Comarca VIII del Cuerpo de Agentes Forestales.

3. Tipo de procedimiento:

a) Adjudicación directa al amparo del artículo 42 apartados b), d) y e) en relación con el artículo 46.3 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

4. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: Orden de 28 de julio de 2023.

b) Fecha de formalización del contrato: 1 de agosto de 2023.

c) Adjudicatario: Bernardino y F, S. L., con NIF: B-81134603.

d) Importe adjudicación:

— Importe neto: 49.200,00 euros.

— Importe IVA (21 por 100): 10.332,00 euros.

— Importe total: 59.532,00 euros.

5. Condiciones del contrato de arrendamiento:

a) Entrada en vigor: El contrato entrará en vigor en el día de su firma y tendrá una duración de cuatro años siendo los tres primeros de obligado cumplimiento para ambas partes.

b) Renta mensual: Queda fijada en los siguientes importes:

— Tres primeros años, de obligado cumplimiento, la renta mensual será de 1.000,00 euros.

— Cuarto año, la renta mensual será de 1.100,00 euros.

A estas cantidades hay que añadirles el IVA.

c) Los gastos referentes a la Comunidad de Propietarios serán satisfechos directamente por la arrendadora.

En lo que respecta a los gastos, servicios y suministros privativos del objeto arrendado, tales como suministros propios, consumos de agua, electricidad, seguridad, limpieza, mantenimiento de extintores y otros conceptos similares, la arrendataria satisfará los mismos directamente a sus respectivos proveedores o compañías suministradoras, que en lo posible contratará directamente; si los gastos de algunos de estos servicios o suministros fueran soportados por la arrendadora, ésta podrá repercutírselos a la arrendataria en el recibo correspondiente del mes siguiente. Serán a cargo de la parte arrendataria los impuestos, tasas, contribuciones, arbitrios y otros tributos que graven la propiedad del objeto de arrendamiento durante la vigencia del presente contrato. Expresamente se especifica que será abonado por la arrendataria el impuesto sobre bienes inmuebles. También serán a cargo de la parte arrendataria, todas las tasas, contribuciones y tributos que graven el uso del objeto de arrendamiento y, en particular, la tasa de prestación del servicio de residuos urbanos.

d) Resto de condiciones: El resto de condiciones serán las previstas en el contrato y en la orden de adjudicación y gasto.

Madrid, a 10 de agosto de 2023.—La Directora General de Patrimonio y Contratación, Beatriz Martín de la Peña.

(03/14.368/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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