Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
18-09-2023

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230918-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 5 de septiembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación del crédito presupuestario disponible destinado a financiar las subvenciones del coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al ejercicio 2023.

El texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, establece que las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, corresponde a las Comunidades Autónomas, de conformidad con la Constitución y sus respectivos Estatutos de Autonomía, el desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidos, así como de los programas comunes que se establezcan, conjuntamente con el desarrollo y diseño de los programas propios adaptados a las características territoriales.

Mediante el Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, se traspasó a la Comunidad de Madrid la gestión de determinados programas de ayudas y subvenciones que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid; entre estos programas se incluye el de integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

Dentro del marco de competencias asumido, corresponden a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, las competencias relativas al fomento y promoción de la integración laboral de trabajadores con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en cuyo artículo 30.2 b) se atribuye a la Dirección General del Servicio Público de Empleo las competencias en materia de fomento y promoción de la integración laboral de personas con discapacidad.

El artículo 2 del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones, en los ámbitos del empleo y de la formación ocupacional, establece la concesión directa de las subvenciones para la integración de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

En este contexto, el 25 de abril de 2023 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el extracto de la Orden de 14 de diciembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa y se establece el plazo de presentación de solicitudes, durante el año 2023, de la subvención de coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, incluida en el programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido. Dado que el importe total de las solicitudes presentadas ha superado el importe del crédito autorizado, resultando éste insuficiente para atender la totalidad de las solicitudes presentadas y existiendo disponibilidad presupuestaria que permite aumentar el crédito disponible, se ha aprobado una ampliación de crédito por importe de 7.000.000 euros con el fin de que un mayor número de Centros Especiales de Empleo puedan acceder a estas subvenciones.

En virtud de lo expuesto, y en consonancia con las competencias atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Declarar que el importe de la ampliación del crédito presupuestario disponible destinado a financiar durante el año 2023 las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones del Programa de fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, es de 7.000.000 euros.

La publicación de esta orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 48099, del Programa presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, prorrogados para el 2023 por el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre.

Esta ampliación de crédito, por importe de 7.000.000,00 de euros, se financia con fondos estatales para la integración laboral de personas con discapacidad, asignados en 2023 a la Comunidad de Madrid, mediante Orden TES/630/2023, de 14 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2023, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Tercero

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de septiembre de 2023.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/15.390/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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