Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
20-09-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230920-40

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Colmenar Viejo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto Convocatoria Bases concesión de ayudas económicas con destino a actuaciones de adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día en el marco de la actuación s:22 del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BDNS (Identif.): 709236

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.papa.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios y líneas de ayuda.—1. La presente convocatoria se enmarca en lo establecido en el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, el cual recoge en el subproyecto S22: Adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día.

2. Esta línea de acción consiste en la adaptación de viviendas de personas que tienen asignado como plan de atención un centro de día para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad y que puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.

3. Contribuye a los siguientes objetivos del eje de “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e Inclusión”, del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

— Facilitar condiciones de accesibilidad y habitabilidad de las viviendas de usuarios de centros de día de proximidad para que puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.

— Ofrecer equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la autonomía personal.

4. Para ser subvencionadas, las actuaciones deberán contribuir al objetivo operativo de fomentar la adaptación de las viviendas donde residan personas usuarias de Centros de Día, cuyo resultado se estimará con los indicadores y las metas definidos en dichos objetivos.

Segundo. Objeto.—Las presentes Bases y Convocatoria tienen por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de las ayudas económicas a la adaptación de las viviendas de personas usuarias de Centros de Día localizados en el municipio de Colmenar Viejo, y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de las presentes Bases.

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de estas Bases se imputarán al programa 231D, subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, con cargo al fondo con código 2021/00079 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid financiado con el Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation EU-MRR”.

2. Se financian en el marco del presupuesto concedido al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, hasta el límite máximo de lo establecido en el Convenio firmado con la Comunidad de Madrid para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

3. La finalidad de estas subvenciones es adaptar las viviendas de las personas que residan de manera habitual y/o permanente en los municipios antes mencionados, y que sean usuarias de centros de día, para mejorar su autonomía facilitando su movilidad interior y/o aumentando su seguridad en el entorno doméstico para que puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.

Tercero. Régimen de concesión.—Concurrencia competitiva.

Cuarto. Crédito presupuestario.—El presupuesto destinado es de 135.221,05 euros que se harán efectivos con cargo a la partida 231.7800 FEUROPEOS Transferencias a Adaptación de Viviendas, del presupuesto de gastos para el año 2023.

Quinto. Presentación de solicitudes.—El plazo de solicitud de estas ayudas será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Colmenar Viejo, a 11 de septiembre de 2023.—El alcalde-presidente, Carlos García Blázquez.

(03/15.576/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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