Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230926-75

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

75
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de septiembre de 2023, por el que se aprueban las Bases de la Convocatoria de la 4.a edición de los “Premios a la Excelencia en el Estudio”, para el 2023.

BDNS (Identif.): 716895

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ) y en la página web municipal ( http://www.aytosanlorenzo.es ).

Primero. Objeto.—Los premios se destinarán a las familias de los alumnos empadronados en el municipio que durante el curso escolar 2022-2023 hayan realizado cualquier curso de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio o Educación Secundaria en Educación de Personas Adultas, y que estudien en un centro educativo de San Lorenzo de El Escorial o de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid, con una nota media en su expediente académico igual o superior a 9 en el último curso realizado. Para los premios de la Nota de Admisión en la Universidad la nota tiene que ser igual o mayor a 13.

Estos premios son compatibles con cualquier otro de las diversas Administraciones Públicas o entidades privadas.

El objetivo de estos premios es ayudar a las familias, contribuyendo en parte con los gastos escolares de los alumnos premiados en el siguiente curso escolar, y reconociendo, además, el esfuerzo de los alumnos.

Segundo. Crédito presupuestario.—La partida 2313-48030 “Familia e infancia. Ayudas material, transp., nacimientos”, tiene un dotación para este fin de 25.000,00 euros.

Tercero. Solicitud y requisitos.—Solicitará el premio el padre, la madre o el tutor que esté empadronado con el menor. Si el alumno es mayor de edad, será él quien solicite el premio.

Las solicitudes podrán descargarse en la página web del Ayuntamiento ( www.aytosanlorenzo.es ).

— Para poder optar a este premio el solicitante y el alumno deben estar empadronados en el municipio de San Lorenzo de El Escorial antes del 1 de octubre de 2022 de forma ininterrumpida y continuar estándolo en la fecha de la solicitud.

— Que el alumno haya obtenido en el curso 2022 2023 una nota media igual o superior a 9.

— Que la nota de Admisión en la Universidad sea igual o mayor a 13.

En el momento de solicitar los premios de excelencia, el solicitante y su unidad familiar, o el propio alumno si es mayor de edad, no debe tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. Si existiesen, se le concederá el plazo de diez días desde la resolución provisional para subsanar. De no hacerlo, su solicitud será excluida.

Cuarto. Plazo y lugar de presentación:

— La solicitud y la documentación necesaria para solicitar estos premios, se presentará en los diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Las solicitudes deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida en el Registro Electrónico del Ayuntamiento, o en las formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Quinto. Premios a la excelencia Académica.—Los destinatarios de los premios serán las familias de los alumnos con nota media, igual o superior a 9. Para la ordenación de los mismos, se tendrá en cuenta la calificación más alta, siempre que sean mayor o igual a 9.

Para acceder a los premios por la Nota de Admisión en la Universidad, el alumno/a debe tener una nota igual o mayor a 13.

Los premios pueden quedar desiertos si no hay un número de solicitudes suficientes o si alguna de las solicitudes presentadas no cumple los requisitos.

A todos los premios superiores a 300 euros se les aplicarán las retenciones legales vigentes en el momento de la realización del pago.

Los premios se distribuyen de la siguiente manera:

— Para los alumnos de 6.o Educación Primaria:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 200 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 100 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 75 euros.

d) A partir del cuarto premio: Diploma acreditativo y 50 euros.

— Para los alumnos de 4.o de ESO:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 200 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 150 euros.

d) A partir del cuarto premio: Diploma acreditativo y 75 euros.

— Para los alumnos de 2.o de Bachillerato:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 493,83 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 250 euros.

d) A partir del cuarto premio: Diploma acreditativo y 200 euros.

— Para los alumnos de Segundo Curso de Formación Profesional de Grado Medio:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 493,83 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 250 euros.

d) A partir del cuarto premio: Diploma acreditativo y 200 euros.

— Para las mejores notas de Admisión en la Universidad del municipio:

a) Primer premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

b) Segundo premio: Diploma acreditativo y 200 euros.

c) Tercer premio: Diploma acreditativo y 100 euros.

d) A partir del cuarto premio: Diploma acreditativo y 75 euros.

Los premios de Segundo de Bachillerato y de Admisión en la Universidad no son incompatibles.

— Para los alumnos de Educación Secundaria de Nivel II de Educación de Personas Adultas:

• Primer premio: Diploma acreditativo y 370,37 euros.

• Segundo premio: Diploma acreditativo y 200 euros.

• Tercer premio: Diploma acreditativo y 150 euros.

• A partir del cuarto premio: Diploma acreditativo y 75 euros.

— Para los alumnos de 1.o a 5.o curso de Educación Primaria: 50 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de 1.o a 3.o curso de Educación Secundaria Obligatoria: 75 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de 1.o de Formación Profesional de Grado Medio: 100 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de 1.o de Bachillerato: 100 euros y Diploma acreditativo.

— Para los alumnos de Educación Secundaria Nivel I de Educación de Personas Adultas: 75 euros y Diploma acreditativo.

En todas las categorías, para notas iguales, se otorgarán los mismos premios, siendo posible los empates.

Si una vez finalizado el plazo de subsanaciones, si alguna solicitud no fuese subsanada, se concederá al alumno o alumna el Diploma acreditativo del Reconocimiento de Excelencia en el Estudio, sin otorgar premio económico”.

Sexto. Documentación a presentar:

— Para poder ser admitido en la convocatoria, la solicitud (Anexo I), debidamente cumplimentada, habrá de ser acompañada necesariamente de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI, NIF, NIE u otros documentos oficiales que acrediten la identidad del padre y de la madre o de los tutores legales del alumno, con plena validez al momento de su presentación.

b) Fotocopia del DNI del alumno que opta al premio.

c) Fotocopia del Libro de familia de la unidad familiar.

d) Certificado original de las calificaciones del curso académico emitido por el Centro Educativo donde cursó los estudios.

e) Fotocopia del Certificado de Calificaciones de la Evaluación para el Acceso a la Universidad, acompañada en el momento de la presentación de la tarjeta original.

San Lorenzo de El Escorial, a 15 de septiembre de 2023.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/15.887/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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