Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2023

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231002-55

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

55
ANUNCIO de 12 de septiembre de 2023, de la segunda prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección General de Servicios Sociales e Integración) y Cáritas Diocesana de Madrid, para desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social.

Madrid, a 12 de septiembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D. Luis-Gonzaga Hernández Vozmediano, en nombre y representación de Cáritas Diocesana de Madrid, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Santa Hortensia, número 1-B, de Madrid, en calidad de Director de Cáritas Diocesana de Madrid, según el poder notarial número 909 otorgado por el Excmo. y Rvdmo. Sr. D. Carlos Osoro Sierra, Arzobispo de Madrid, el día 4 de julio de 2017, ante el Notario de Madrid D. Antonio Domínguez Mena.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente prórroga,

MANIFIESTAN

Primero

Que con fecha 29 de junio de 2022, suscribieron un convenio, la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social y Cáritas Diocesana de Madrid, con el fin del desarrollo del programa de atención integral y de reinserción social y laboral “Sal de la Calle”, que comprende los siguientes dispositivos, servicios y actuaciones.

1. CEDIA 24 horas:

Dispositivo de atención polivalente y funcionamiento continuo durante las 24 horas, todos los días de vigencia del convenio, en el que cabe distinguir los siguientes servicios, actividades y actuaciones:

— Centro de Día: Desarrollo de talleres y actividades formativas y ocupacionales, comedor y prestación de servicios básicos (lavandería, higiene personal, desayuno, acceso a Internet, consigna para objetos personales, acompañamiento social, atención psicológica y prestaciones económicas de emergencia). Capacidad máxima diaria: 70 personas al día.

— Servicio de Convivencia Familiar y Social: Cenas, descanso nocturno en camas y prestación de servicios básicos (lavandería, higiene personal, desayuno, acceso a Internet, consigna para objetos personales, acompañamiento social y prestaciones económicas básicas). Capacidad máxima simultánea: 47 personas por noche.

— Servicio de atención telefónica 24 horas: Atención social telefónica de apoyo ante situaciones de emergencia y coordinación técnica con otros dispositivos de atención generales y especializados.

2. Mujer en Calle:

El programa “Sal de la Calle” incluye también la posibilidad de prestar atención especializada para mujeres en situación de calle y grave exclusión social a través de dispositivos propios de la entidad destinados además a otros usos y programas. Para este fin Cáritas-Madrid pone a disposición del programa dos plazas de forma permanente, una plaza en su dispositivo residencial para mujer gestante y una plaza en recurso residencial para mujer en calle a través de CEDIA. Desde esta intervención social de emergencia, se prioriza la atención de mujeres gestantes.

3. Unidad de acompañamiento a la inserción (UACI):

Servicio de gabinete psicosocial, especializado en exclusión social grave que desarrolla sus funciones desde una sede central y de forma descentralizada y con una dependencia funcional de ésta a través de las ocho Vicarías de la Diócesis de Madrid donde profesionales de atención social desarrollan parte de sus competencias para la UACI.

Entre las actuaciones que desarrolla la UACI destacan:

— La valoración y evaluación psicosocial de casos derivados desde otros dispositivos y servicios de atención sociales, tanto generales como especializados. La capacidad máxima del servicio se ha estimado en 180 valoraciones/evaluaciones anuales.

— La intervención global e integral mediante la tutorización y acompañamiento psicosocial en procesos de inclusión de casos previamente evaluados. La capacidad máxima del servicio se ha estimado en 85 intervenciones anuales.

Segundo

Que, al amparo de lo establecido en la cláusula décima del convenio, y dado que no se ha producido ninguna de las causas de resolución establecidas en la cláusula Duodécima, ambas partes acuerdan la formalización de la segunda prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

Las partes firmantes del convenio suscrito el 29 de junio de 2022, cuyo objeto es desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social, acuerdan, tras la firma, el 26 de noviembre de 2022, de la primera prórroga, una segunda prórroga del convenio durante el período comprendido entre el 01 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido.

Segunda

Obligaciones de las partes

Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes se entenderán vigentes hasta la extinción de la prórroga del Convenio por el transcurso de los plazos.

Tercera

Financiación

El coste total estimado de la prórroga para el desarrollo de las acciones contempladas en el Programa objeto de este Convenio es de 397.470,00 euros (trescientos noventa y siete mil cuatrocientos setenta euros)

Para la financiación del proyecto Cáritas Diocesana de Madrid aportará 99.368,00 euros (noventa y nueve mil trescientos sesenta y ocho euros) y la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales aportará la cantidad de 298.102,00 euros (doscientos noventa y ocho mil ciento dos euros) que se imputarán a la partida 22802 del programa 232G de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.

Cuarta

Compromisos de Cáritas Madrid

1. De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la cláusula tercera del convenio los objetivos, como mínimo, que se establecen son:

a. Atenciones en Centro de Día: La entidad se compromete a alcanzar el 79% de la capacidad máxima equivalente al período de vigencia del presente convenio lo que equivale a 20.185 atenciones a personas beneficiarias de este Convenio y a lo largo del período de vigencia de la presente prórroga.

b. Atenciones en el Servicio de Convivencia Familiar y Social: La entidad se compromete a alcanzar el 79% de la capacidad máxima equivalente al período de vigencia del presente convenio lo que equivale a 13.552 atenciones a personas beneficiarias de este Convenio y a lo largo del período de vigencia de la presente prórroga del Convenio.

c. Atenciones de Mujeres en Calle: La entidad se compromete a proporcionar al menos 577 ocupaciones a personas beneficiarias de este Convenio, lo que supone el 79% de las plazas afectas al programa en los dispositivos propios que Cáritas Madrid dispone para tal fin.

d. Evaluaciones psicosociales realizadas desde la UACI: La entidad se compromete a alcanzar el 79% de la capacidad máxima equivalente al período de vigencia de la presente prórroga del Convenio lo que equivale a 142 evaluaciones de personas beneficiarias de este Convenio y a lo largo del período de vigencia del presente Convenio.

e. Tutorizaciones desde la UACI: La entidad se compromete a alcanzar el 79% de la capacidad máxima equivalente al período de vigencia del presente convenio lo que equivale a 67 tutorizaciones de personas beneficiarias de este Convenio y a lo largo del período de vigencia de la presente prórroga del Convenio.

2. De conformidad con lo establecido en el apartado 4 de la cláusula Tercera del Convenio, se mantiene una reserva al menos 5 plazas de atención nocturna en el Servicio de Convivencia Familiar y Social de CEDIA 24 horas y de 1 plaza con alojamiento y manutención, de las puestas a disposición en Mujer en Calle, para personas beneficiarias de este Convenio para casos derivados desde el Servicio de Emergencia Social dependiente de la Consejería.

Quinta

Forma de pago y justificación del gasto

La Consejería abonará a Cáritas Madrid por la realización de las actividades y los servicios recogidos en el presente convenio y por la gestión de este la cantidad de doscientos noventa y ocho mil ciento dos euros (298.102,00 euros).

El abono del convenio se efectuará en pagos trimestrales, por el importe correspondiente a la ejecución del programa en el mismo período, previa presentación por parte de Cáritas-Madrid de los justificantes correspondientes al gasto efectuados durante cada período y relación de las personas usuarias beneficiarias de ayudas económicas, junto con la certificación de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de que el programa se está realizando de acuerdo con lo previsto.

La Entidad se compromete a realizar los compromisos previstos y recogidos en la cláusula cuarta de esta segunda prórroga.

La naturaleza de los gastos cuya financiación corresponde a la Consejería incluye los gastos del personal relacionados con la ejecución del programa, los gastos de funcionamiento de los dispositivos, centros y servicios implicados en el desarrollo del Programa y los gastos relacionados con la prestación de servicios básicos que incluyen las ayudas económicas de emergencia a usuarios, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de este Convenio.

La documentación acreditativa del gasto realizado consistirá en nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y RNT), respecto de los gastos de personal, y facturas emitidas conforme a lo establecido en la normativa vigente, en el caso de los gastos de funcionamiento, todo ello acompañado de los correspondientes justificantes de pago. En relación con las ayudas económicas será necesaria la presentación de recibos firmados que identifiquen a las personas beneficiarias, su importe y finalidad.

La suma de los gastos de funcionamiento y las ayudas económicas a personas usuarias no podrá ser superior al 25% del total del coste del programa.

Para aquellos gastos de personal de los que no se pueda acreditar su correspondiente pago en el momento de la justificación, se exigirá escrito firmado por el representante legal de Cáritas-Madrid que certifique la realización del gasto y el compromiso de aportar los justificantes de pago en cuanto se disponga de ellos.

Y para que así conste y en prueba de conformidad e las partes, se firma la presente prórroga, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 12 de septiembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Representante de Cáritas Diocesana Madrid, Luis-Gonzaga Hernández Vozmediano.

(03/16.024/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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