Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2023

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231003-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

28
EXTRACTO de la Orden 3748/2023, de 28 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades por la que se aprueba la convocatoria del año 2023 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid

BDNS (ID): 719036

Primero

Objeto y finalidad de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria, correspondiente al año 2023, es regular la concesión de ayudas públicas destinadas a la atracción de talento investigador “César Nombela” en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

La finalidad de estas ayudas es:

a) Promover la contratación de personal investigador doctor, que haya desarrollado durante un determinado período de tiempo su actividad profesional en el extranjero, para su incorporación a los grupos de investigación de la Comunidad de Madrid.

b) Promocionar la carrera científica del personal investigador doctor incentivando la obtención de las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación de la Comunidad de Madrid a través de la obtención de la acreditación como investigador/a establecido/a (certificado R3).

c) Promover la movilidad del personal investigador doctor y fomentar la participación activa en redes y consorcios regionales, nacionales e internacionales.

Las ayudas llevan el nombre del insigne investigador D. César Nombela Cano en reconocimiento a su excelente trayectoria profesional en el ámbito de la biología molecular microbiana y la biotecnología.

Segundo

Entidades beneficiarias

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”, en el momento de presentación de la solicitud.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.

Cuarto

Cuantía y duración de las ayudas

El presupuesto de la convocatoria asciende a 20.845.000, a ejecutar durante los 5 años de duración de las ayudas, con la siguiente distribución anualizada:

Quinto

Características de las ayudas

Se financiarán tanto los gastos asociados a la contratación del personal investigador doctor, como una ayuda adicional para la realización de actividades de investigación vinculadas a las líneas científico-técnicas de interés para la región indicadas en el anexo de la orden de aprobación de la convocatoria.

Las ayudas para la contratación del personal investigador doctor, serán cofinanciadas entre la Comunidad de Madrid y la entidad beneficiaria, que asumirá este compromiso de cofinanciación. El importe de la financiación adicional será aportado íntegramente por la Comunidad de Madrid.

La ayuda anual para la contratación del personal investigador doctor se destinará al pago de los costes salariales y de la Seguridad Social. Durante los primeros tres años y hasta obtener, en su caso, el certificado R3 que le acredite como investigador/a establecido/a, la ayuda concedida por contrato será de 41.000 euros, siendo 40.000 euros anuales la retribución mínima a percibir. Cuando se obtenga el certificado R3, la retribución mínima a percibir será de 47.000 euros y la ayuda concedida para su financiación se elevará a 49.000 euros.

La ayuda para actividades de I + D será como máximo de 200.000 euros y podrá destinarse a la financiación de los costes directos derivados de la investigación tales como, contratación de personal, compra de materiales, amortización de equipos, viajes, estancias breves, etc., y a la financiación de costes indirectos.

Sexto

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo

Criterios de baremación

La evaluación de las solicitudes se realizará según lo establecido en el artículo 17 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, y conforme a los criterios establecidos en el artículo 18 de dicha Orden.

Madrid, a 28 de septiembre de 2023.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/16.640/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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