Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2023

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231009-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

78
Madrid número 13. Procedimiento 1662/2023

EDICTO

D./Dña. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción n.o 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1662/2023 se ha dictado la presente sentencia, que en su fallo dice:

Que debo absolver y absuelvo a MIRLA ELVIRA GUAL MONSALVO del Delito Leve de Hurto que se le atribuía, con declaración de oficio de las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación durante cuyo período se hallan las actuaciones en letrado de la Admón. de Justicia a disposición de las partes para su formalización, que deberá ser por escrito, presentado ante este Juzgado, y dirigido a la Audiencia Provincial de Madrid la que conocerá de tal recurso, y con tantas copias del mismo como partes sean en el proceso, exponiéndose ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantía procesales, error en la percepción de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en que se base la impugnación, fijando a su vez domicilio para las notificaciones y, en su caso, solicitud de la práctica de diligencias de prueba que no pudo proponer en la primera instancia, de las que fueron indebidamente denegadas y de las admitidas que no fueron practicadas, conforme establecen los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. MIRLA ELVIRA GUAL MONSALVO, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2023.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/15.970/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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