Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231011-61

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

OFERTAS DE EMPLEO

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Fuenlabrada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 6 de octubre de 2023, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Convocar procedimiento selectivo para el nombramiento del o de la titular de los siguientes órganos directivos del Ayuntamiento de Fuenlabrada:

— Dirección General de Urbanismo e Infraestructuras.

— Dirección General de Contratación, Bienes y Patrimonio.

— Dirección General de Seguridad.

— Dirección General para la Gestión y el Desarrollo de las Personas.

— Dirección-Gerencia del Instituto Municipal de la Limpieza y el Servicio Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segundo.—Aprobar las bases de la convocatoria que se adjunta por las que se ha de regir el correspondiente proceso de selección, de acuerdo con la competencia que le otorga el artículo 127 a la Junta de Gobierno Local.

Tercero.—Ordenar la publicación del presente acuerdo así como el contenido de las Bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE ÓRGANOS DIRECTIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA MEDIANTE CONVOCATORIA PÚBLICA

Primera. Objeto de las bases

Las presentes bases tienen por objeto regir la selección de la persona que ha de ocupar la titularidad de los siguientes órganos directivos del Ayuntamiento de Fuenlabrada:

— Dirección General de Urbanismo e Infraestructuras.

— Dirección General de Contratación, Bienes y Patrimonio.

— Dirección General de Seguridad.

— Dirección General para la Gestión y el Desarrollo de las Personas.

— Dirección-Gerencia del Instituto Municipal de la Limpieza y el Servicio Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segunda. Características de los Órganos Directivos

Los órganos directivos a cubrir se encuentra regulado en cuanto a competencias, funciones y retribuciones por el acuerdo de su creación adoptado por Resolución de Alcaldía-Presidencia de fecha 10 de junio de 2021, sin perjuicio de las competencias que le puedan ser delegadas con posterioridad por los órganos competentes, así como por lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento Orgánico Municipal y 21 del Reglamento de Órganos Directivos y de Personal Eventual del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

El ámbito de competencias de los diferentes Órganos Directivos son las siguientes:

Dirección General de Urbanismo e Infraestructuras:

— Dirección, coordinación, seguimiento, planificación y ejecución de las de las políticas urbanísticas y de infraestructuras de la ciudad y de las funciones encomendadas a los departamentos de Infraestructuras y Urbanismo.

— Dirección, coordinación, seguimiento y gestión de los trabajos de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Fuenlabrada y el planeamiento urbanístico.

— Dirección, coordinación, seguimiento, gestión e implementación de la Agenda Urbana de Fuenlabrada, de los Planes de Acción que de ella se deriven, así como de la Agenda Fuenlabrada 2030.

— Dirección, diseño, coordinación, seguimiento y gestión de los programas de regeneración y rehabilitación urbana del municipio de Fuenlabrada.

— El asesoramiento técnico en materia de urbanismo, infraestructuras, planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística así como en aquellos otros temas relacionados con el mismo que se le requieran.

— Dirección, control y gestión del personal asignado a su departamento, garantizando la adecuada coordinación y reparto de tareas y funciones entre ellos.

— Coordinación y colaboración de los departamentos de la Concejalía de Infraestructuras, Urbanismo y Movilidad con otras concejalías y dependencias municipales.

— Elaboración de las correspondientes memorias técnicas e informes de evaluación y seguimiento del Servicio, así como la elaboración de propuestas para la mejora de la concejalía.

— Proponer las necesidades presupuestarias para su departamento, y la gestión del presupuesto asignado.

— Gestión del personal dependiente del área.

Dirección General de Contratación, Bienes y Patrimonio:

— La coordinación, dirección, planificación y seguimiento de la política municipal de contratación, compras y gestión de bienes.

— Dirección administrativa superior de los servicios de contratación de bienes y servicios.

— La gestión del patrimonio municipal.

— Gestión del personal dependiente del área.

Dirección General de Seguridad:

— Diseño de políticas de seguridad pública y control y seguimiento de su ejecución.

— Coordinación interdepartamental y entre seguridad y otras direcciones y departamentos municipales.

— Dirección administrativa de los Servicios de Seguridad.

— Impulso al diseño de planes de emergencias, protección civil y seguridad y coordinación para su ejecución.

— En colaboración con cuerpos de policía, bomberos y protección civil, fomentar y coordinar las relaciones con la sociedad civil.

— Dirección del Taller Mecánico Municipal.

— Dirección del departamento de sanciones.

Dirección General para la Gestión y el Desarrollo de las Personas:

— Propuesta, supervisión y dirección de las modificaciones organizativas (cambios sustanciales RPT) y de herramientas de gestión vinculada a RRHH.

— Colaboración y supervisión de la gestión de RRHH en empresas públicas.

— Gestión de la contratación y nombramientos.

— Formación continua.

— Dirección de la gestión administrativa y económica de los recursos humanos.

— Coordinación de la Prevención de Riesgos Laborales de la entidad y sus organismos autónomos.

Dirección-Gerencia del instituto Municipal de la Limpieza y el Servicio Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada:

— Los descritos en los Estatutos de la Entidad.

La titularidad de los órganos convocados requieren la correspondiente dedicación exclusiva y plena. Y sus condiciones de dedicación y retribuciones son las acordadas por acuerdo del Pleno Municipal de fecha 28 de junio de 2023.

Tercera. Requisitos de las personas aspirantes

Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria:

— Ser personal funcionario de carrera o laboral fijo que pertenezca a cuerpos o escalas clasificadas en el subgrupo A1 y disponga de experiencia de al menos cinco años en puestos que contengan las funciones y responsabilidades propias del órgano de esta convocatoria, o

— Profesionales del sector privado, con Licenciatura o Grado Universitario, que dispongan de una experiencia de al menos cinco años en puestos que contengan en las funciones y responsabilidades propias del órgano de esta convocatoria o en el planeamiento, gestión y organización de gestión pública.

Cuarta. Convocatoria

La convocatoria será efectuada por la Junta de Gobierno Local, y se procederá a la publicación de las bases y la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinta. Solicitudes

Las solicitudes, en las que se deberá indicar a cuál de los órganos directivos se presenta, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A las solicitudes deberán acompañarse el currículum de las personas aspirantes en el que constarán, debidamente documentados mediante la aportación de documentos originales o copia compulsada de los mismos, la experiencia laboral en puestos desempeñados en el ámbito de la presente convocatoria, con indicación de las funciones desarrolladas en los mismos, los títulos académicos que en cada caso se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones que corresponden al titular de dicho órgano directivo y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente tal y como se ha puesto de manifiesto.

Además de las dichas e indicadas especificaciones con anterioridad, para el desempeño del órgano directivo objeto de la convocatoria se tendrá en cuenta la posesión de los siguientes aspectos, también debidamente documentados:

— Formación específica y complementaria en el ámbito de competencia del órgano,

— Conocimiento acreditado el diseño de políticas públicas, gestión de expedientes administrativos en municipios de gran población.

Sexta. Valoración de las personas candidatas

A la vista de las solicitudes presentadas, y dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de presentación de instancias, se procederá a la realización de una entrevista personal a las personas aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

Dicha entrevista, que versará sobre los méritos alegados y las competencias personales y profesionales que las personas aspirantes pueden aportar al desempeño del puesto, se realizará por una comisión compuesta por tres personas designadas por el Sr. alcalde-presidente que ostenten puestos directivos o sean titulares de órganos directivos dentro de la organización.

La comisión realizará una propuesta de adjudicación del puesto en el plazo máximo de quince días desde su designación, dirigido al alcalde-presidente, que no será vinculante.

Séptima. Nombramiento

En el plazo máximo de quince días, contado a partir de la fecha de la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, La Junta de Gobierno Local, a propuesta del Sr. alcalde-presidente previo informe de la Dirección General de Organización Municipal y en su caso del órgano que determine el Sr. alcalde-presidente, procederá, en su caso, y previa constatación de la concurrencia de los requisitos y otros extremos meritorios exigidos en esta convocatoria, a dictar la Resolución correspondiente.

La Resolución será motivada con relación al cumplimiento por parte de la persona candidata elegida, de los requisitos y demás especificaciones meritorias exigidas en la convocatoria, así como de la competencia para proceder al nombramiento.

Fuenlabrada, a 6 de octubre de 2023.—El coordinador del Servicio de Recursos Humanos, Juan Miguel Zambrana Santos.

(03/17.164/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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