Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2023

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231013-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

25
ADENDA de 23 de septiembre de 2023, de prórroga y modificación del Convenio de 2 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía (Real Escuela Superior de Arte Dramático), y la Fundación Gregal, para la participación en el “Programa Duplo”.

REUNIDOS

De una parte, don Emilio Viciana Duro, en calidad de Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con lo previsto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento por el Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

De otra, Dña. Marta Varela Entrecanales, con domicilio a efectos de la presente adenda en calle Serrano, 41, bajo B, C. P. 28001 Madrid, en su calidad de Patrona-Presidente y como fundadora de Fundación Gregal, con NIF G-87816989, en ejercicio de las atribuciones que le confiere su condición de Patrona-delegada de la Fundación, nombrada en escritura otorgada el día 26 de abril de 2017 ante el Notario de Madrid, D. Rafael Bonardell Lenzano, como sustituto y para el protocolo de su compañero, D. Luis Quiroga Gutiérrez, con el número 772 de su protocolo.

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga y modificación y a tal efecto

EXPONEN

1. Que la Fundación Gregal y la Comunidad de Madrid, a través de la consejería con competencias en educación, suscribieron el 2 de noviembre de 2021 un convenio para fomentar la convivencia intergeneracional entre personas de la tercera edad y estudiantes de enseñanzas superiores, a través de actividades encaminadas a un proceso creativo teatral, en residencias o locales de la tercera edad integrados en el mencionado programa, y la convocatoria de ayudas al estudio a los alumnos.

2. Que el convenio tiene una vigencia de dos años a contar desde el día de su firma, 2 de noviembre de 2021, pudiéndose prorrogar por un período adicional de hasta cuatro años por acuerdo unánime de las partes, según se establece en la cláusula séptima del mismo.

3. Que las partes consideran adecuado prorrogar su período de vigencia con el fin de proseguir la colaboración establecida, dada la satisfacción con el desarrollo del convenio y sus resultados.

4. Que las referencias legales del clausulado del convenio deberán entenderse actualizadas a la normativa legal vigente.

ACUERDAN

Primero

Prorrogar el convenio suscrito entre las partes con fecha 2 de noviembre de 2021, para fomentar la convivencia intergeneracional entre personas de la tercera edad y estudiantes de enseñanzas superiores, a través de actividades encaminadas a un proceso creativo teatral, en residencias o locales de la tercera edad integrados en el mencionado programa, y la convocatoria de ayudas al estudio a los alumnos.

Segundo

La presente prórroga tendrá una vigencia de dos años, según lo establecido en la cláusula séptima del convenio objeto de prórroga.

Tercero

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas en todos los apartados del convenio que se prorroga, excepto la cuantía de la ayuda que para el curso 2023-2024 se fija en 3.000 euros por curso y alumno seleccionado; para cada año posterior, el importe será fijado por acuerdo del Patronato de la Fundación.

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman esta adenda de prórroga.

Madrid, a 23 de septiembre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.—Por la Fundación Gregal, la Patrona-Presidente, Marta Varela Entrecanales.

(03/16.335/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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