Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231013-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Nombramientos

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 207, de 31 de agosto de 2023, se publicó decreto de Alcaldía 2332/2023, de nombramiento de personal eventual, este último ha sido modificado el día 1 de agosto, mediante decreto del Sr. Alcalde número 2340/2023, que en su parte dispositiva dice como sigue:

“Primero: Rectificar el error detectado en el decreto de esta Alcaldía número 2332/2023, de 31 de julio de 2023, en su punto segundo, cuyos distintos apartados quedan redactados en los siguientes términos:

a) Orientación técnica en cualquiera de los ámbitos de actuación de sus concejalías;

— Colaboración en la elaboración de los presupuestos municipales.

— Cooperación en el fomento del desarrollo económico del municipio apoyando a otros departamentos para impulsar la creación de empleo y la actividad económica local.

— Seguimiento de planes y proyectos urbanísticos.

b) Colaborar en la atención de situaciones que requieran el pronunciamiento o decisión directa del concejal;

c) En ausencia del secretario/a del concejal, elaborar la agenda de este con relación a cada área de gestión.

d) Programar las actividades de las concejalías.

e) Supervisar el desarrollo de las actividades, programación de audiencias y otras de apoyo directo a las funciones del concejal.

f) Apoyar directamente al concejal en su gestión y cumplir las funciones que este/a le encomiende.

Quedan vedadas para la persona nombrada las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa.

Segundo.—Notifíquese este decreto en tiempo y forma a la persona nombrada, con indicación de que pone fin a la vía administrativa. Contra él podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde su notificación o publicación, según los casos; o bien, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de cualesquiera otros recursos que estimen procedentes.

Tercero.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión ordinaria que celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el mismo día de su emisión, debiendo ser comunicado, en extracto, a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid”.

Arroyomolinos, a 2 de octubre de 2023.—El alcalde, Luis Quiroga Toledo.

(03/16.705/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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