Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2023

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231016-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDARACETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Valdaracete. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Conforme a lo dispuesto en el artículo 169.1, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, y el artículo 20.1, al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaria de este Ayuntamiento de Valdaracete, se encuentra expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria siguiente, que afecta al vigente presupuesto y que fue aprobado inicialmente, por el Pleno de este Ayuntamiento de Valdaracete, en la sesión ordinaria celebrada el día 8 de septiembre de 2023:

Expediente de modificación de crédito número 2/2023, en la modalidad de crédito extraordinario, con objeto de realizar: arreglo y reparación de caminos, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen:

Altas en aplicaciones de gastos:

— 454 619: 20.000 euros.

— Área de Gastos: 4.

— Capítulo 6.

— Artículo 61.

— Concepto: 619.

Altas en conceptos de ingresos:

— Capítulo 8.

— 87000 Remanente de tesorería para gastos generales: 20.000 euros.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido referido anteriormente, podrán durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, examinar el expediente y, presentar en la Secretaría de este Excmo. Ayuntamiento de Valdaracete, conforme a lo regulado en el artículo 170.2 del texto refundido las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas.

En el caso de que, durante el plazo de presentación de reclamaciones, no se presenten reclamaciones o alegaciones algunas, la presente modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada.

Valdaracete, a 2 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Armando Expósito Huelves.

(03/16.728/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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