Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231018-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En esta entidad local, y conforme a lo establecido en el artículo 177, en relación el artículo 169, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, los siguientes expedientes:

Expediente MC 12-19447/2023 Crédito Extraordinario y/o suplemento de crédito financiado con Remanente de Tesorería del ejercicio 2022.

Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

A) Plazo de exposición del expediente y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

B) Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en sede electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

C) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

D) La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Colmenar Viejo, a 29 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.

(03/17.423/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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