Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2023

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231019-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 6 de octubre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la convocatoria de subvenciones para financiar, para los años 2024 a 2027, las acciones formativas conducentes a certificados profesionales con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas por el programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, establece las bases reguladoras de las subvenciones para financiar, en el período 2024 a 2027, las acciones formativas conducentes a certificados profesionales con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid.

Por Orden de 15 de septiembre de 2023 la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan subvenciones para financiar, para los años 2024 a 2027, las acciones formativas conducentes a certificados profesionales con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid.

El apartado decimosexto, punto 6, de la Orden de 15 de septiembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, establece que la competencia para la instrucción de los expedientes de subvención corresponde a la Dirección General competente en materia de formación, quien debe realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

La situación actual del mercado de trabajo y las tasas de desempleo afectan a la economía en general. La formación para el empleo es clave en las políticas de empleo para la reincorporación de los desempleados al mercado de trabajo. El Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid señala entre sus objetivos el de mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes (…) de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral (…).

Esta convocatoria de subvenciones es una de las líneas de actuación previstas para la consecución de estos objetivos al tener como destinatarios a personas jóvenes desempleadas (de 16 a 30 años) y a trabajadores desempleados mayores de 45 años, dos de los grupos que mayores dificultades de inserción laboral presentan actualmente.

Para asegurar la ejecución de esta política de empleo y a fin de cumplir con la tramitación, se constata que concurren razones de interés público que aconsejan resolver con la máxima celeridad los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramiten al amparo de la mencionada convocatoria antes del cierre del presente ejercicio económico 2023.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar de oficio o a petición del interesado la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que establece el número y la denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, corresponden a la titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo las competencias en materia de Empleo, asignando a la Dirección General competente en materia de Formación para el Empleo la elaboración y ejecución de programas de formación para trabajadores desempleados y ocupados.

RESUELVO

Primero

Declaración de urgencia de la tramitación

Acordar aplicar la tramitación de urgencia en el procedimiento de concesión de subvenciones para financiar, para los años 2024 a 2027, las acciones formativas conducentes a certificados profesionales con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, convocada por la orden siguiente:

Orden de 15 de septiembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para financiar, para los años 2024 a 2027, las acciones formativas conducentes a certificados profesionales con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el mencionado procedimiento, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, a tenor de lo preceptuado en el artículo 33.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Segundo

Producción de efectos

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 6 de octubre de 2003.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/17.054/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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