Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231025-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2023, acordó la aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal número 19, reguladora del precio público por utilización de instalaciones deportivas, que se hace público a efectos de su general conocimiento, quedando redactada como sigue:

“Artículo 6. Cuota tributaria.—6.1. Tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas.

Campo de fútbol 7: 25 euros/hora.

Campo de fútbol 7 (con luz): 30 euros/hora.

Entrada general piscina: 2,50 euros.

Entrada infantil piscina: 1,50 euros.

Bono entrada general piscina : 20 euros.

Bono entrada infantil piscina: 10 euros.

Pista de pádel con luz 8 euros/h, sin luz 6 euros/h.

Uso pistas polideportivas: 2 euros.

Uso pistas polideportivas (con luz): 3 euros.

El pago de la tasa no afecta a la responsabilidad que pueda exigirse a los usuarios por los desperfectos o daños que causaren a las instalaciones.

Las familias numerosas de categoría general contarán con una bonificación del 20 por 100, y las familias numerosas categoría especial una bonificación del 50 por 100. Aquellas familias numerosas de categoría especial que tengan más de siete hijos tendrán una bonificación que será del 70 por 100.

Entrada gratuita en la Piscina Municipal a jubilados y discapacitados.

6.2. Tasa por la utilización de bicicletas eléctricas:

— 1 hora y media: 3 euros.

— 3 horas: 6 euros.

Dicho importe se abonará en el momento de alquilar de la bicicleta.

El horario de utilización será todos los días de la semana bajo petición previa.

El pago de la tasa no afecta a la responsabilidad que pueda exigirse a los usuarios por los desperfectos o daños que causasen en la utilización de las bicicletas eléctricas.

Pádel

a) Clases de pádel:

— Adultos (máximo 4 personas): 11/2h semanal: 30 euros/persona/mes-Bono 5 clases particulares: 100 euros (no caduca).

— Niños (máximo 6 niños): 11/2h semanal: 30 euros/persona/mes-Bono 5 clases particulares: 80 euros (no caduca).

El pago de la tasa no afecta a la responsabilidad que pueda exigirse a los usuarios por los desperfectos o daños que causaren a las instalaciones.

Las familias numerosas de categoría general contarán con una bonificación del 20 por 100, y las familias numerosas categoría especial una bonificación del 50 por 100.

Aquellas familias numerosas de categoría especial que tengan más de siete hijos tendrán una bonificación que será del 70 por 100.

b) Alquiler pista de pádel: Con luz 8 euros/h. Sin luz 6 euros/ h.

Artículo 7. Gestión y forma de pago.—1. Las personas interesadas en la utilización de las instalaciones deportivas deberán solicitar previamente permiso en las dependencias municipales.

2. La cuota correspondiente al uso de las instalaciones deportivas de titularidad municipal, será ingresada por los usuarios en la Tesorería Municipal, Caja del Centro o Entidad colaboradora y en todo caso, de forma previa a la realización de la actividad correspondiente.

3. Para la utilización de las instalaciones deportivas deberán los usuarios y previa su utilización presentar al Encargado la autorización del Ayuntamiento con el resguardo del pago de la tarifa correspondiente. Terminada su utilización, el encargado revisará las instalaciones para comprobar si se han realizado desperfectos, en cuyo caso abonarán los daños producidos, no permitiendo el acceso o uso de dichas instalaciones hasta que hagan efectivas las cantidades pendientes.

4. El régimen de utilización de las instalaciones deportivas vendrá determinado por el reglamento regulador aprobado a este efecto por el Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva.

5. La reserva de las pistas polideportivas y de pádel se realizarán y se pagarán a través de la aplicación vigente en cada momento.

La presente modificación entrará en vigor en el momento de su aprobación, sin perjuicio de su publicación integra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.

Fresnedillas de la Oliva, a 11 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, José Damián de la Peña Alonso.

(03/17.341/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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