Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231025-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 20 de octubre de 2023 (Urg. punto 37.4) por el que se convocan las subvenciones para el Programa Pintamos La Escuela, correspondientes al año 2023.

BDNS 722997

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).

Primero. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:

— (7) Escuelas Infantiles de titularidad municipal de Fuenlabrada (gestionadas por cooperativas o sociedades de enseñanza).

— (2) Casas de Niños de titularidad municipal de Fuenlabrada.

— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.

— (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada.

— (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo. Objeto.—Se subvencionan trabajos de pintura realizados en espacios y elementos exteriores e interiores en inmuebles de centros educativos de titularidad municipal para mejorar su estado.

Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la partida presupuestaria 5031/326/48900. El importe máximo asignado a cada centro se establece según el siguiente baremo:

a) Escuelas Infantiles Municipales: 1.922,80 euros máximo.

b) Casas de Niños municipales: 1.619,20 euros máximo.

c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.

d) Centro Público de Educación Permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.

e) Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria: 3.845,60 euros máximo.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, en el Registro Auxiliar de Entradas de la Concejalía de Educación o en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, previa cita, aportando la documentación citada en el artículo 6 de las bases de la Convocatoria.

Sexto.—Otros datos.—Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 31 de enero de 2024, inclusive.

Fuenlabrada, a 23 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/17.823/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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