Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2023

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231030-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

29
ORDEN 4024/2023, de 18 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autorizan enseñanzas en Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y Educación Primaria y/o Secundaria, a partir del curso 2023-2024.

En la Comunidad de Madrid existen dos centros con las características de centros integrados de música y enseñanzas obligatorias: el Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria “Padre Antonio Soler”, en San Lorenzo de El Escorial, creado mediante el Decreto 73/2003, de 22 de mayo y el Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Secundaria “Federico Moreno Torroba”, creado mediante el Decreto 72/2006, de 7 de septiembre.

A fin de completar la oferta de las enseñanzas integradas de música y de secundaria en los dos centros docentes públicos integrados de música dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, optimizar los recursos para la mejora de la calidad de las enseñanzas ofertadas en los mismos y adecuar a la normativa vigente las posibilidades de convalidación de las materias con la docencia y promoción del alumnado que cursa las enseñanzas profesionales de música simultáneamente con las enseñanzas de bachillerato, se hace necesario modificar, a partir del curso escolar 2023-2024, la oferta educativa de los centros que se relacionan en el Anexo que se adjunta, todo ello respetando lo establecido en la normativa que regula las respectivas enseñanzas.

De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Objeto y ámbito de aplicación

La presente Orden tiene por objeto autorizar la implantación de determinadas enseñanzas en los dos centros docentes públicos integrados de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Autorización de enseñanzas

Se autoriza a los centros integrados que se citan en el Anexo a implantar las enseñanzas que se detallan en el mismo, a partir del curso 2023-2024.

Tercero

Puesta en funcionamiento

La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente orden queda condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnado en el proceso de admisión y a las posibilidades de convalidación de las materias entre ambos sistemas de enseñanza, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicta la Administración dentro de la planificación educativa.

Cuarto

Habilitación

Se habilita a los titulares de las direcciones generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para adoptar las instrucciones necesarias y las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

Quinto

Producción de efectos

La presente Orden retrotrae sus efectos al inicio del curso 2023-2024.

Madrid, a 18 de octubre de 2023.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), la Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, María Luz Rodríguez de Llera Tejeda.

(03/17.696/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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