Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231102-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

45
Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2023, por el que se aprueba la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 10.573.567,42 euros, en el presupuesto del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2023), ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

«Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 10.573.567,42 euros en el Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid para 2022, prorrogado al ejercicio 2023 hasta la aprobación y publicación del nuevo presupuesto, correspondiente al capítulo 4 “Transferencias corrientes” en la aplicación presupuestaria 506/170/932.00/400.00 “A la Administración General del Ayuntamiento” en el programa 932.00 “Gestión tributaria”.

La citada modificación se financia con el remanente de tesorería para gastos generales obtenido de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2022 del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, toda vez que la disminución del remanente por este importe no supone menoscabo en las actuaciones y objetivos a realizar por este organismo autónomo».

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, a 30 de octubre de 2023.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/18.307/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231102-45